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Autónomo en casa: cómo deducir suministros, alquiler e hipoteca en 2026

📅 04/09/2026 ✍️ Juan Miguel Jiménez Cabrera ⚖️ Abogado ICAM nº 85230 📖 Lectura: 10 min

Guía completa para autónomos que trabajan desde casa: cómo deducir luz, agua, gas, internet, alquiler o hipoteca según los criterios de la AEAT en 2026.

El punto de partida: la afectación parcial del inmueble

Un autónomo que trabaja en su vivienda habitual puede deducir una parte de los gastos siempre que notifique a la AEAT en el modelo 036 el porcentaje del inmueble afecto a la actividad. Este porcentaje debe reflejar la superficie real dedicada (habitualmente un despacho o dos habitaciones), y suele oscilar entre el 15% y el 30%.

Ejemplo: piso de 90 m² con despacho de 18 m² → afectación del 20%.

Cómo deducir suministros: la regla del 30%

Desde la reforma de la Ley 6/2017, la AEAT admite deducir los suministros (luz, agua, gas, internet) aplicando un porcentaje sobre la parte proporcional del inmueble afecto. La regla estándar es:

% deducible del suministro = 30% × % afectación del inmueble

Con el ejemplo anterior (20% de afectación): 30% × 20% = 6% de cada factura de luz, gas, agua o internet es deducible. Sobre una factura mensual de 150 € de luz, 9 € son deducibles cada mes (108 € al año).

Requisitos formales

Deducir alquiler cuando eres autónomo en casa

Si estás en alquiler, puedes deducir la parte proporcional del alquiler correspondiente al % de afectación (sin el 30% de la regla de suministros).

Ejemplo: alquiler de 900 €/mes con 20% de afectación → 180 € deducibles/mes (2.160 €/año).

Requisitos:

Deducir hipoteca cuando eres autónomo en casa

Este es el caso más complejo. Se pueden deducir:

No se puede deducir la parte del capital amortizado ni las cuotas de la hipoteca en sí, solo los intereses.

Ejemplo con 20% de afectación e hipoteca a 30 años con 300 € de intereses/mes: 60 € deducibles/mes (720 €/año) solo por intereses.

Riesgos y errores comunes que activan una inspección

La AEAT vigila especialmente estos puntos:

  1. Deducir suministros sin haber presentado el 036 con la afectación.
  2. Aplicar % de afectación desproporcionado (deducir el 50% de un piso de 100 m² es difícil de justificar).
  3. Deducir suministros al 100% (todavía se ve, y es sanción segura).
  4. Alquilar a familiares o vinculados con precio no de mercado.
  5. Deducir gastos sin factura ni justificante bancario.

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Preguntas frecuentes

No. La AEAT solo admite un porcentaje calculado con la regla del 30% aplicado al % de afectación. Deducir la luz al 100% es motivo directo de sanción en inspección.
Sí. Se comunica el porcentaje de afectación del inmueble mediante el modelo 036 antes de deducir. Sin este trámite las deducciones son rechazadas y sancionables.
Sí, especialmente si el alquiler es alto y trabajas efectivamente desde casa. Debes coordinar con el propietario para que emita factura con IVA y aplicar retención del 19% en la parte profesional (modelo 115).
Puedes deducir la parte proporcional de intereses de la hipoteca, IBI, comunidad, seguro y una amortización del 3% anual del valor construido. Nunca la cuota entera de la hipoteca.
En un piso medio con 15-25% de afectación, el ahorro típico está entre 600 y 1.800 € al año en IRPF, según ingresos. En alquiler el ahorro sube por la deducción directa del arrendamiento.