
Deducciones I+D+i para empresas 2026: cómo aplicarlas correctamente
Guía completa de la deducción por I+D+i en el Impuesto de Sociedades 2026: porcentajes, base, certificaciones CDTI/AENOR, monetización y errores frecuentes.
La deducción I+D+i: uno de los mejores incentivos del sistema fiscal español
La deducción por I+D+i (art. 35 LIS) es una de las más generosas del ordenamiento fiscal español. En 2026 permite reducir la cuota del Impuesto de Sociedades entre un 12% y un 42% del gasto invertido en actividades calificadas como I+D o innovación tecnológica.
Nichos habituales: software a medida, biotecnología, farma, ingeniería industrial, automatización, energías renovables, materiales, agroalimentaria.
Porcentajes en 2026
| Actividad | Deducción | Base |
|---|---|---|
| I+D | 25% | Gasto ordinario del ejercicio |
| I+D (exceso sobre media anterior) | 42% | Sobre incremento respecto media 2 años previos |
| Personal investigador | +17% adicional | Gastos de personal I+D exclusivo |
| Innovación tecnológica | 12% | Gasto ordinario del ejercicio |
Qué se considera I+D y qué es innovación tecnológica
La I+D incluye actividades de investigación aplicada, desarrollo experimental y prototipos que generen novedad tecnológica objetiva.
La innovación tecnológica es la aplicación de resultados de I+D a la mejora sustancial de productos, procesos o servicios (aunque no sean absolutamente novedosos a nivel global).
La frontera entre ambos es fina y la califica el CDTI o AENOR mediante certificado.
Cómo obtener el certificado de calificación fiscal
Sin certificado, la deducción es defendible pero arriesgada ante inspección. Con certificado, es vinculante para la AEAT. Pasos:
- Solicitud al CDTI (I+D+i) o AENOR (innovación).
- Presentación de memoria técnica y económica del proyecto.
- Evaluación técnica (2-6 meses).
- Emisión del Informe Motivado y presentación en AEAT vía consulta vinculante.
Coste orientativo del certificado: 2.500-8.000 € según proyecto. Se compensa con la seguridad jurídica de la deducción.
Monetización de la deducción cuando no hay cuota
Si tu empresa no tiene cuota IS suficiente para aplicar la deducción, puedes:
- Diferir su aplicación hasta 18 ejercicios posteriores (sin límite temporal desde 2020 para I+D).
- Solicitar la monetización: cobrar el 80% de la deducción como devolución en efectivo (art. 39.2 LIS). Requisitos:
- Certificado de calificación fiscal.
- Retener plantilla mínima 24 meses tras la deducción.
- Reinvertir la devolución en actividad I+D o inmovilizado en 24 meses.
La monetización es oro puro para startups con proyectos ambiciosos y poca facturación.
Errores frecuentes que anulan la deducción
- Aplicar deducción sin certificado en actividades borderline.
- Incluir en la base gastos no relacionados directamente con I+D.
- No documentar el personal investigador (contratos específicos, dedicación horaria).
- Confundir I+D con actividad rutinaria de mejora.
- No renovar el certificado anualmente para proyectos plurianuales.
¿Tienes proyecto I+D+i?
Analizamos gratis si puedes deducir hasta el 42% de la inversión. Coordinación con CDTI.
605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com