
Impuesto sobre Grandes Fortunas 2026: quién paga y cómo se calcula
Guía del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) en 2026: base, tipos, cómo interactúa con el Impuesto de Patrimonio y planificación fiscal legal.
Qué es el ITSGF y cuándo aplica
El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) es un tributo estatal creado por la Ley 38/2022. Grava el patrimonio neto superior a 3 millones de euros con tipos progresivos entre 1,7% y 3,5%. Es complementario del Impuesto de Patrimonio de las CCAA (Madrid tiene bonificación del 100%, por lo que el ITSGF es el que efectivamente se paga).
Tramos y tipos 2026
| Base liquidable | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 3.000.000 € | 0% |
| 3.000.001 - 5.347.998 € | 1,7% |
| 5.347.999 - 10.695.996 € | 2,1% |
| > 10.695.996 € | 3,5% |
Cómo interactúa con el Impuesto de Patrimonio
El ITSGF deduce la cuota efectivamente ingresada por Impuesto de Patrimonio en la comunidad autónoma. En Madrid (bonificación 100%) no hay cuota IP, por lo que se paga el ITSGF completo. En Cataluña o Valencia sí se paga IP y se deduce del ITSGF.
Bienes y derechos exentos
- Vivienda habitual: hasta 300.000 €.
- Participaciones en empresa familiar: si se cumplen requisitos de participación (5% individual o 20% familiar), actividad económica real y dirección efectiva.
- Objetos de arte y antigüedades: bajo condiciones.
- Derechos consolidados en planes de pensiones.
Planificación legal
- Estructurar empresa familiar para acogerse a la exención (art. 4.8 LIP).
- Aportaciones a planes de pensiones (exentos).
- Residencia fiscal: cambio a otra CCAA con IP alto que compense.
- Fideicomisos internacionales: con máxima cautela y asesoramiento especializado.
La planificación agresiva puede activar la cláusula anti-abuso. Recomendable siempre coordinar con abogado fiscalista.
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