Asesoría contable en Fuenlabrada: contabilidad, cuentas anuales y plazos de tu empresa
En resumen
- Cuentas anuales de una SL (cierre 31/12): formular antes del 31 de marzo, aprobar antes del 30 de junio y depositar en el mes siguiente.
- Libros: legalizados por internet antes del 30 de abril.
- Impuesto sobre Sociedades: del 1 al 25 de julio, con pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre.
- Auditoría: solo si superas dos de estos límites en dos años seguidos: 2,85 M de activo, 5,7 M de facturación, 50 trabajadores.
- Con Legislae: contabilidad de una SL desde 149 € al mes con cuentas y depósito incluidos.
¿Qué incluye nuestra asesoría contable en Fuenlabrada?
Llevamos la contabilidad de tu sociedad o de tu actividad al día cada mes, legalizamos los libros, preparamos las cuentas anuales y las depositamos en el Registro Mercantil, y presentamos el Impuesto sobre Sociedades y el IVA. Todo revisado por un abogado colegiado y asesor fiscal.
Contabilidad mensual
Registro de facturas, bancos, nóminas y amortizaciones con el Plan General (o el de Pymes), con cierres trimestrales.
Libros legalizados
Libro diario y de inventarios y cuentas anuales legalizados por vía telemática en el Registro Mercantil.
Cuentas anuales
Balance, pérdidas y ganancias y memoria (abreviados cuando se puede), acta de la junta y depósito en plazo.
Impuesto sobre Sociedades
Pagos fraccionados, modelo 200 y planificación para aplicar tipos reducidos, deducciones y la reserva de capitalización.
IVA y retenciones
Modelos 303, 390, 111, 115, 347 y 349, cuadrados siempre con la contabilidad.
Información para decidir
Resultados y tesorería trimestrales, y aviso si la sociedad entra en pérdidas que obliguen a actuar.
Calculadora: ¿qué obligaciones contables tiene tu empresa?
Introduce el tamaño de tu empresa y la fecha de cierre: te decimos qué plan contable puedes aplicar, si puedes presentar cuentas abreviadas, si estás obligado a auditar y todas tus fechas límite. Aplica los límites de la Ley de Sociedades de Capital y del Plan de Pymes. No se guarda ni se envía ningún dato.
Orientativo. Los límites exigen cumplir al menos dos de las tres condiciones durante dos ejercicios consecutivos (o al cierre del primer ejercicio). Los grupos de sociedades se miden en conjunto. Las fechas son las máximas legales; los días que caen en festivo pueden moverse.
¿Qué contabilidad tengo que llevar?
Las sociedades llevan contabilidad del Código de Comercio con el Plan General de Contabilidad (o el de Pymes si son pequeñas), con libros legalizados cada año. Los autónomos en estimación directa simplificada o módulos solo llevan los libros registro fiscales; la contabilidad mercantil completa solo es obligatoria para autónomos con actividad mercantil en estimación directa normal.
| Plan contable | Quién puede aplicarlo (dos de tres) |
|---|---|
| Plan General de Contabilidad | Cualquier empresa; obligatorio si supera los límites de Pymes |
| Plan General de Contabilidad de Pymes | Activo ≤ 4.000.000 € · cifra de negocios ≤ 8.000.000 € · ≤ 50 trabajadores |
| Criterios de microempresas (dentro del de Pymes) | Activo ≤ 1.000.000 € · cifra de negocios ≤ 2.000.000 € · ≤ 10 trabajadores |
Si eres autónomo, te lo explicamos todo en nuestra gestoría para autónomos en Fuenlabrada. Si estás pensando en pasar a sociedad, mira cómo crear una empresa en Fuenlabrada.
¿Cuál es el calendario contable de una sociedad?
Con cierre a 31 de diciembre: pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre; cuentas formuladas antes del 31 de marzo; libros legalizados antes del 30 de abril; junta antes del 30 de junio; Impuesto sobre Sociedades del 1 al 25 de julio, y depósito de cuentas en el mes siguiente a la junta.
| Obligación | Plazo (cierre 31/12) | Norma |
|---|---|---|
| Formular las cuentas anuales | Hasta el 31 de marzo | Art. 253 LSC |
| Legalizar los libros | Hasta el 30 de abril | Art. 18 Ley 14/2013 |
| Aprobar las cuentas en junta | Hasta el 30 de junio | Art. 164 LSC |
| Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) | Del 1 al 25 de julio | Art. 124 LIS |
| Depositar las cuentas en el Registro Mercantil | Un mes desde la aprobación | Art. 279 LSC |
| Pagos fraccionados (modelo 202) | Del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre | Art. 40 LIS |
¿Puedo presentar cuentas abreviadas? ¿Tengo que auditar?
Casi todas las pymes pueden presentar balance y memoria abreviados (hasta 4 millones de activo, 8 millones de cifra de negocios o 50 trabajadores, dos de tres) y no están obligadas a auditar (el límite es 2,85 millones de activo, 5,7 millones de cifra de negocios y 50 trabajadores).
| Documento o requisito | Activo | Cifra de negocios | Trabajadores |
|---|---|---|---|
| Balance y memoria abreviados (art. 257 LSC) | ≤ 4.000.000 € | ≤ 8.000.000 € | ≤ 50 |
| Pérdidas y ganancias abreviada (art. 258) | ≤ 11.400.000 € | ≤ 22.800.000 € | ≤ 250 |
| Exenta de auditoría (art. 263) | ≤ 2.850.000 € | ≤ 5.700.000 € | ≤ 50 |
Basta con cumplir dos de las tres columnas durante dos ejercicios seguidos. En el primer ejercicio basta con cumplirlas al cierre.
¿Qué pasa si no deposito las cuentas anuales?
El Registro Mercantil cierra la hoja de la sociedad y deja de inscribir casi cualquier documento (nombramientos, ampliaciones, cambios de domicilio), y el ICAC puede multar con 1.200 € a 60.000 €, o hasta 300.000 € si la facturación supera 6 millones (arts. 282 y 283 LSC).
Además, no depositar las cuentas es un indicio que tienen en cuenta bancos, proveedores y licitaciones. Si tu sociedad lleva años sin depositar, se puede regularizar presentando los ejercicios pendientes: lo revisamos contigo.
¿Qué tipo del Impuesto sobre Sociedades paga tu empresa en 2026?
El tipo general es el 25 %, pero en 2026 casi todas las pymes pagan menos: las que facturan menos de 1 millón, el 19 % por los primeros 50.000 € de beneficio y el 21 % por el resto; las de reducida dimensión, el 23 %; y las de nueva creación, el 15 % en sus dos primeros ejercicios con beneficio.
| Tipo de sociedad (periodos iniciados en 2026) | Tipo | Norma |
|---|---|---|
| Cifra de negocios del año anterior inferior a 1.000.000 € | 19 % hasta 50.000 € de base; 21 % en el resto | DT 44.ª.2.a LIS |
| Empresa de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10.000.000 €) | 23 % | DT 44.ª.2.b y art. 101 LIS |
| Entidad de nueva creación con actividad económica (primer periodo con base positiva y el siguiente) | 15 % | Art. 29.1 LIS |
| Resto de sociedades | 25 % | Art. 29.1 LIS |
Reserva de capitalización: además, puedes reducir la base imponible en un 20 % del aumento de tus fondos propios si lo mantienes tres años y dotas una reserva indisponible (art. 25 LIS). Con una contabilidad bien llevada se planifica al cierre, no cuando ya es tarde.
¿Qué hacer si tu sociedad entra en pérdidas graves?
Si las pérdidas dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital, la sociedad está en causa de disolución. Los administradores tienen dos meses para convocar la junta y resolverlo; si no lo hacen, responden con su patrimonio de las deudas posteriores (arts. 363, 365 y 367 de la Ley de Sociedades de Capital).
- Detectarlo a tiempo: en cada cierre trimestral comparamos el patrimonio neto con el capital social.
- Convocar la junta en dos meses desde que se produce la causa (o desde que el administrador acepta el cargo, si llega después).
- Remediar la causa: ampliar o reducir capital, aportaciones de socios o, si no es posible, acordar la disolución.
- Si hay insolvencia, la vía no es la disolución sino el concurso de acreedores: nuestros abogados mercantilistas te orientan.
Si la sociedad ya no tiene actividad, repasa las obligaciones de una SL sin actividad o cómo hacer el cierre y disolución de la sociedad.
¿Qué necesitan en contabilidad las empresas de Fuenlabrada?
Fuenlabrada tiene 10.090 empresas activas según el último Directorio Central de Empresas del INE, con mucho peso del comercio mayorista, el transporte y la industria de sus polígonos. Eso se traduce en contabilidades con importaciones, existencias, flotas de vehículos y muchos proveedores.
- Importadores de Cobo Calleja: IVA de importación diferido, DUA y existencias. Lo detallamos en asesoría fiscal en Cobo Calleja.
- Transporte y logística: amortización de vehículos, gasóleo profesional y operaciones intracomunitarias (modelo 349).
- Comercio y hostelería: control de caja, TPV y márgenes para detectar a tiempo si el negocio pierde dinero.
- Todas: adaptación a Verifactu (las sociedades, desde el 1 de enero de 2027) y conciliación bancaria mensual.
¿Asesoría contable o gestoría contable?
Una gestoría contable registra las facturas y presenta los modelos; una asesoría contable, además, interpreta tus números, te avisa de riesgos y planifica los impuestos. En Legislae hacemos las dos cosas en el mismo despacho, dirigido por un abogado colegiado y asesor fiscal.
Si lo que buscas es una gestoría para todo (fiscal, laboral y contable), la tienes en nuestra gestoría en Fuenlabrada. Para las nóminas y los contratos, en la asesoría laboral en Fuenlabrada.
¿Cuánto cuesta la asesoría contable?
La contabilidad de una SL con actividad parte de 149 € al mes con los impuestos, las cuentas anuales y su depósito incluidos. Te damos el precio cerrado por escrito según tu volumen de facturas y trabajadores, sin permanencia.
- Diagnóstico gratuito de tu contabilidad actual, en el despacho de la Plaza de la Albufera o por videollamada.
- Revisión del último cierre y de si las cuentas están depositadas y los libros legalizados.
- Presupuesto cerrado por escrito.
- Traspaso de la contabilidad desde tu gestoría anterior sin interrupciones.
¿Revisamos tu contabilidad?
Diagnóstico gratuito: comprobamos si tus libros y cuentas están al día y te damos precio cerrado.
605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com