Licencia de actividad en Fuenlabrada: declaración responsable, tasa por calle y trámites para abrir tu negocio

Actualizado el 30/09/2026 Juan Miguel Jiménez Cabrera Abogado ICAM nº 85230 Lectura: 14 min

En resumen

¿Qué licencia necesita tu negocio para abrir en Fuenlabrada?

Muchos negocios ya no necesitan licencia previa: el comercio minorista y los servicios que recoge la ley abren con una declaración responsable. Los bares, restaurantes, gimnasios y locales de ocio tienen su propia ley autonómica, y solo las obras que requieren proyecto o los edificios protegidos exigen licencia urbanística.

Tu casoQué presentasCuándo puedes abrirNorma
Tienda o comercio minorista, peluquería y estética, oficina de servicios a empresas, reparación de electrodomésticos, academia de formación (hasta 750 m²)…Declaración responsable de actividad con memoria o proyecto técnico y justificante de la tasaDesde el día en que la presentasLey 2/2012 de Madrid (arts. 3 y 4) y Ley 12/2012 (art. 3)
Bar, cafetería, restaurante, gimnasio, discoteca, local de ocioLicencia de funcionamiento o, si lo prefieres, declaración responsable con proyecto de obra y actividad, certificado final de obra y seguroCon la declaración, desde su presentación; el Ayuntamiento comprueba en un mesLey 17/1997 de Madrid (art. 8 y disposición adicional novena)
Obras que necesitan proyecto, edificios protegidos, movimientos de tierraLicencia urbanística (o declaración conjunta de actividad y obra, según el caso)Cuando se concede la licenciaLey 9/2001 del Suelo de Madrid (art. 152)
Garaje o aparcamientoDeclaración responsable de garajeDesde su presentaciónOrdenanza fiscal nº 15, epígrafe 4.B
Cambio de titular de un comercio o servicioComunicación al AyuntamientoNo hace falta esperarLey 12/2012 (art. 3.2)

Si no tienes claro si tu actividad cabe en el local, la Ley del Suelo de Madrid permite hacer antes una consulta urbanística al Ayuntamiento (art. 157.3). Es lo más prudente antes de firmar un alquiler, porque la tasa no se devuelve aunque la actividad no sea viable.

Calculadora: ¿cuánto cuesta la tasa de actividad en Fuenlabrada?

Busca tu calle para saber su categoría fiscal, elige el trámite e introduce los metros del local según el Catastro. La calculadora aplica las tarifas del epígrafe 4 de la Ordenanza fiscal nº 15 de Fuenlabrada y la clasificación de calles de la Ordenanza Fiscal General 2026. No se guarda ni se envía ningún dato.

    –Tasa municipal
    –Tarifa aplicada
    –Licencia de funcionamiento, si tu actividad la tramita

      Orientativo. La tasa se paga por autoliquidación al presentar la solicitud o la declaración (art. 7 de la ordenanza) y el Ayuntamiento puede practicar después una liquidación definitiva. Con obras suma el ICIO (4 %) y la tasa de obra (1,11 %) sobre el presupuesto. No incluye honorarios del técnico, el seguro ni otras tasas (rótulos, terrazas). Las gasolineras, las superficies descubiertas y las instalaciones eléctricas tienen reglas propias.

      ¿Cuáles son las tarifas de la tasa de actividad en Fuenlabrada?

      La tasa se paga por cada metro cuadrado o fracción del local y depende de la categoría de la calle: en la categoría 1 es de 9,15 € por m² en declaración responsable y 14,64 € en licencia de actividad; en la categoría 5, de 1,74 € y 2,37 €. La licencia de funcionamiento tiene una cuota fija por expediente.

      Categoría de la calleDeclaración responsable (€/m²)Licencia de actividad (€/m²)Garaje (€/plaza)
      19,1514,6419,80
      26,249,3714,98
      34,296,019,99
      42,994,074,99
      51,742,374,99
      Licencia de funcionamiento (por expediente)Cuota
      Local de menos de 150 m²103,40 €
      De 150 m² a menos de 500 m²361,90 €
      De 500 m² o más568,70 €

      Fuente: epígrafe 4 de la Ordenanza fiscal nº 15, reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, vigente en 2026.

      ¿Qué trámite necesita cada tipo de negocio en Fuenlabrada?

      El trámite lo decide la actividad, no el tamaño del local: la ley enumera los comercios y servicios que abren con declaración responsable, la ley de espectáculos regula bares, restaurantes y gimnasios, y el resto necesita estudiarse caso a caso. Esta tabla recoge los negocios por los que más nos preguntan.

      NegocioTrámite habitualPor qué
      Tienda de ropa, alimentación, farmacia, ferretería, mueblesDeclaración responsableComercio minorista del anexo de la Ley 2/2012 de Madrid
      Peluquería, barbería, centro de estéticaDeclaración responsableGrupo 972 del anexo de la Ley 2/2012
      Asesoría, gestoría, ingeniería, agencia de publicidadDeclaración responsableServicios a empresas (agrupación 84) del anexo de la Ley 2/2012
      Inmobiliaria, correduría de seguros, entidad financieraDeclaración responsableAgrupaciones 81 a 83 del anexo de la Ley 2/2012
      Reparación de electrodomésticos y otros bienes de consumoDeclaración responsableEpígrafes 691.1 y 691.9 del anexo (no incluye talleres de automóviles)
      Academia de formación no reglada (hasta 750 m²)Declaración responsableAgrupación 93 del anexo de la Ley 12/2012
      Bar, cafetería, restaurante, heladería, churreríaLicencia de funcionamiento o declaración responsable con proyectoCatálogo de la Ley 17/1997 (hostelería)
      Gimnasio, bolera, sala de fiestas, karaokeLicencia de funcionamiento o declaración responsable con proyectoCatálogo de la Ley 17/1997
      Taller de automóviles, industria, clínica o centro sanitarioEstudio caso a casoNo están en los anexos de liberalización; pueden requerir trámites ambientales o sanitarios propios
      Garaje o aparcamientoDeclaración responsable de garajeOrdenanza fiscal nº 15, epígrafe 4.B

      Si tu actividad no está en la tabla, no la des por hecha: una misma actividad puede cambiar de trámite por el aforo, la superficie o las obras. Te lo confirmamos antes de que firmes nada.

      ¿Cómo comprobar antes de alquilar que tu negocio cabe en el local?

      Pide al Ayuntamiento un informe urbanístico (20,79 €) o una cédula urbanística (87,38 €) sobre el local, o formula una consulta urbanística como permite el art. 157.3 de la Ley 9/2001. Así sabes si el uso está permitido antes de pagar fianzas, obras y tasas que no se devuelven.

      Documento municipalTasa en FuenlabradaPara qué sirve
      Informe urbanístico o sobre el estado del inmueble20,79 €Saber qué usos admite el local y su situación
      Cédula urbanística87,38 €Documento acreditativo del régimen urbanístico de la finca
      Certificación urbanística87,38 €Certificado oficial para terceros (bancos, notaría, compraventa)

      Además de lo urbanístico, revisa con nosotros tres cosas del contrato de alquiler: que el destino pactado coincida con tu actividad, quién paga las obras de adaptación (accesibilidad, salida de humos, insonorización) y qué pasa si el Ayuntamiento pone reparos. Tasas: epígrafe 3 de la Ordenanza fiscal nº 15.

      ¿Qué es la declaración responsable y qué documentos lleva?

      Es la vía normal para abrir un comercio, una oficina o un servicio en Fuenlabrada: declaras que cumples la normativa, aportas la documentación técnica y el justificante de la tasa, y puedes empezar desde el día en que la registras. El Ayuntamiento revisa después y puede inspeccionar el local.

      Si más adelante cambias la actividad o amplías el local, necesitas una declaración complementaria (art. 157.5 de la Ley 9/2001). Recuerda que la declaración no legaliza nada que vaya contra el planeamiento: si el uso no está permitido en ese local, el Ayuntamiento puede ordenar el cese.

      ¿Qué necesitan los bares, restaurantes y gimnasios?

      Bares, cafeterías, restaurantes, gimnasios, discotecas y locales de ocio están en el catálogo de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Madrid. Necesitan licencia de funcionamiento o, a elección del titular, una declaración responsable con proyecto, certificado final de obra y seguro obligatorio.

      Documento (declaración responsable, DA 9.ª Ley 17/1997)Quién lo prepara
      Proyecto de obra y actividadTécnico competente, visado si procede
      Declaración de impacto ambiental o resolución de que no hace falta, si la actividad está sometida a evaluaciónTécnico y Comunidad de Madrid
      Certificado final de obras e instalaciones (o memoria técnica si no hay obra)Técnico competente
      Certificado del seguro obligatorioAseguradora
      Justificante de la tasa municipalTitular (lo preparamos nosotros)

      El Ayuntamiento registra la declaración el mismo día y tiene un mes para hacer la visita de comprobación. Si todo es correcto, dicta la resolución que constituye la licencia de funcionamiento, donde consta el aforo máximo (art. 8 de la Ley 17/1997). En Fuenlabrada, además, el local debe colocar la placa homologada que entrega el Ayuntamiento (37,12 €).

      Si vas a traspasar un bar, revisa antes que la licencia esté a nombre del titular anterior y que el aforo y la actividad (bar, restaurante, bar con música) coinciden con lo que vas a hacer.

      ¿Cuáles son los pasos para abrir un negocio en Fuenlabrada?

      Primero comprueba que tu actividad está permitida en ese local; después, que el técnico prepare la memoria o el proyecto; paga la tasa, presenta la declaración responsable en el Ayuntamiento y date de alta en Hacienda y, si eres autónomo, en la Seguridad Social antes de abrir.

      1. Antes de alquilar: consulta urbanística o estudio del uso permitido en el local y de las obras que necesita.
      2. Documentación técnica: memoria o proyecto firmado por un técnico, con la accesibilidad, la protección contra incendios y las instalaciones.
      3. Tasa: autoliquidación según los metros catastrales y la categoría de la calle. Las tasas y licencias urbanísticas son gasto subvencionable en las ayudas para autónomos y empresas en Fuenlabrada.
      4. Presentación por la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada con certificado digital, o de forma presencial.
      5. Alta fiscal: modelo 036 en Hacienda con el domicilio de la actividad. El IAE no lo pagan las personas físicas ni las sociedades en sus dos primeros años o con menos de 1.000.000 € de cifra de negocios (art. 82 de la Ley de Haciendas Locales).
      6. Seguridad Social: alta como autónomo o de la empresa y los trabajadores. Te lo explicamos en la gestoría para autónomos en Fuenlabrada.

      Si todavía no tienes empresa, mira cómo crear una empresa en Fuenlabrada antes de firmar el contrato del local, para que la licencia y el alquiler queden a nombre de quien va a explotar el negocio.

      ¿Qué otros impuestos y tasas pagas al abrir un local en Fuenlabrada?

      Además de la tasa de actividad, si reformas el local pagas el ICIO (4 % del coste de ejecución material) y la tasa de obras (1,11 % del coste). El rótulo tributa a 55,11 € por m², y convertir una vivienda en local cuesta entre 41,19 € y 179,34 € por m² según la calle.

      ConceptoImporte en Fuenlabrada (2026)Norma
      Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)4 % del coste de ejecución materialOrdenanza fiscal nº 4, art. 8
      Tasa de licencia de obra o comunicación previa1,11 % del coste real y efectivoOrdenanza fiscal nº 15, epígrafe 1
      Cartel o rótulo publicitario55,11 € por m²Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 1
      Cambio de uso de vivienda a local179,34 / 124,00 / 69,00 / 41,19 / 41,19 € por m² (categorías 1 a 5)Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 1
      Cambio de uso de local a vivienda155,86 € por unidadOrdenanza fiscal nº 15, epígrafe 1
      Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)Exentos las personas físicas y las sociedades con menos de 1.000.000 € de cifra de negocios o en sus dos primeros añosArt. 82 de la Ley de Haciendas Locales
      IBI del localSegún el valor catastral; lo paga el propietario (puede repercutirse en el alquiler)Ver IBI en Fuenlabrada

      El ICIO se devenga al empezar la obra, aunque todavía no tengas licencia o no hayas presentado la declaración (art. 9 de la ordenanza del ICIO). Las obras que el Pleno declare de especial interés o utilidad municipal, por ejemplo por fomento del empleo, pueden tener una bonificación del 50 % si se pide en los tres meses siguientes al inicio (art. 11).

      ¿Cómo se hace el cambio de titularidad de la licencia?

      En comercios y servicios, el cambio de titular no necesita licencia: basta con comunicarlo al Ayuntamiento (art. 3.2 de la Ley 12/2012). El nuevo titular sigue con la actividad en las mismas condiciones, pero la ordenanza fiscal de Fuenlabrada lo incluye entre los hechos que pagan tasa.

      Antes de pagar un traspaso, comprueba con nosotros:

      ¿Qué pasa si amplías el local o cambias de actividad?

      Cualquier modificación de lo declarado exige una declaración complementaria (art. 157.5 de la Ley 9/2001) y paga tasa por la superficie ampliada o modificada. Si cambias a una actividad distinta, no es una modificación sino una nueva declaración responsable o licencia, con su tasa completa.

      ¿Qué pasa si abro sin licencia ni declaración responsable?

      Cuando el Ayuntamiento lo detecta, la tasa se devenga igualmente en la primera comprobación, se abre expediente sancionador y, si la actividad no se puede legalizar, se ordena el cierre del local (art. 6.2 de la Ordenanza fiscal nº 15). Además, la tasa no se devuelve aunque la licencia se deniegue o desistas.

      La mejor defensa es presentar la documentación antes de abrir. Si ya estás abierto sin ella, lo prudente es regularizar cuanto antes con una declaración responsable o la licencia que corresponda, antes de que llegue la inspección. Si ya tienes un expediente sancionador, nuestros abogados de contencioso-administrativo pueden recurrirlo.

      ¿Qué hay que saber de los locales y naves de Fuenlabrada?

      En Fuenlabrada la tasa cambia mucho según la calle: las vías comerciales del centro, como la calle Móstoles, Grecia o Suiza, son de categoría 1, mientras que muchas calles de barrio son de categoría 3 o 4. En los polígonos industriales conviene revisar el uso permitido de la nave y si la actividad necesita trámite ambiental.

      Los impuestos municipales de tu local, como el IBI en Fuenlabrada, se gestionan en la Oficina Tributaria del Ayuntamiento (OTAF), en la Plaza de la Constitución, 1. Tienes las demás oficinas en Hacienda y Seguridad Social en Fuenlabrada.

      ¿Cómo te ayuda nuestra gestoría con la licencia?

      Revisamos si tu actividad cabe en el local antes de que firmes, coordinamos el expediente con el técnico que firma la memoria o el proyecto, calculamos y presentamos la tasa, presentamos la declaración por la sede electrónica y damos de alta la actividad en Hacienda. Te damos un presupuesto cerrado por escrito.

      1. Estudio previo gratuito del local y de la actividad, en el despacho de la Plaza de la Albufera o por videollamada.
      2. Presupuesto cerrado con la tasa calculada y los honorarios del técnico por separado.
      3. Tramitación completa ante el Ayuntamiento y alta fiscal y laboral.
      4. Después de abrir, si quieres, llevamos tu contabilidad, impuestos y nóminas desde nuestra gestoría en Fuenlabrada.

      ¿Vas a abrir un local en Fuenlabrada?

      Estudio previo gratuito: te decimos qué trámite necesitas, cuánto pagarás de tasa y si la actividad cabe en el local antes de que firmes.

      605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com

      Trámites y tipos de licencia en Fuenlabrada

      Depende de la actividad. Las tiendas y muchos servicios que recoge la ley (peluquerías y estética, oficinas de servicios a empresas, reparación de electrodomésticos, academias de formación de hasta 750 m²) abren con una declaración responsable, sin esperar a ninguna licencia. Los bares, restaurantes, gimnasios y locales de ocio siguen la ley de espectáculos de la Comunidad de Madrid, y las obras que necesitan proyecto requieren licencia urbanística.

      En la práctica, sí: «licencia de apertura» es el nombre que se usaba antes para el permiso municipal de abrir un negocio. Hoy en Fuenlabrada se habla de declaración responsable de actividad, licencia de actividad y licencia de funcionamiento, y muchos negocios ya no necesitan licencia previa, sino declaración responsable.

      Un documento en el que el titular declara, bajo su responsabilidad, que el local y la actividad cumplen la normativa, acompañado de la documentación técnica y del justificante de la tasa. Te permite abrir desde el mismo día en que la presentas en el registro del Ayuntamiento (art. 157.1 de la Ley 9/2001 del Suelo de Madrid). Después, el Ayuntamiento puede inspeccionar.

      Es la resolución municipal que, tras comprobar que el local se ajusta al proyecto y que las medidas correctoras funcionan, autoriza a abrir los locales de la Ley 17/1997 (bares, restaurantes, gimnasios, ocio). En ella constan el titular, la actividad y el aforo máximo (art. 8 de la Ley 17/1997).

      Peluquerías y centros de estética figuran en el anexo de la Ley 2/2012 de Madrid, y las academias de formación no reglada en el de la Ley 12/2012 (hasta 750 m²): abren con declaración responsable y memoria técnica. Si hay obras con proyecto, se tramita además la obra.

      Los gimnasios están en el catálogo de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas: necesitan licencia de funcionamiento o, a tu elección, declaración responsable con proyecto de obra y actividad, certificado final de obra, seguro obligatorio y justificante de la tasa.

      Depende de la actividad. Si es comercio minorista o un servicio del anexo de la Ley 2/2012, va por declaración responsable; las actividades industriales, las que tienen impacto ambiental y las obras con proyecto siguen sus propios trámites. Antes de alquilar conviene pedir un informe urbanístico (20,79 €) para confirmar el uso permitido.

      Tasas, impuestos y costes de abrir un local

      La tasa municipal se calcula por metros cuadrados y según la categoría fiscal de la calle (de 1 a 5). En una declaración responsable va de 1,74 € a 9,15 € por m², y en una licencia de actividad de 2,37 € a 14,64 € por m². Un local de 80 m² en una calle de categoría 3 paga 343,20 € por declaración responsable. A eso hay que sumar los honorarios del técnico.

      Está en el Anexo I de la Ordenanza Fiscal General del Ayuntamiento, que clasifica cada calle, y a veces cada tramo de números, de la categoría 1 (la más cara) a la 5. Puedes buscarla en el buscador de esta página. Si tu calle no aparece, se aplica la categoría de la vía más próxima, y si el local tiene accesos por dos calles se aplica la de categoría superior.

      El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), al 4 % del coste de ejecución material (art. 8 de la Ordenanza fiscal nº 4), y la tasa de la licencia o comunicación de obra, del 1,11 % del coste real (Ordenanza fiscal nº 15). El ICIO se devenga al empezar la obra aunque no tengas licencia.

      Según la Ordenanza fiscal nº 15, el informe urbanístico o sobre el estado de un inmueble cuesta 20,79 €, y la cédula urbanística o la certificación urbanística, 87,38 € cada una. Es la forma más barata de saber si tu actividad cabe en un local antes de firmar el alquiler.

      La tasa por autorizar el cambio de uso de vivienda a local va por m² y categoría de la calle: 179,34 € en la categoría 1, 124,00 € en la 2, 69,00 € en la 3 y 41,19 € en la 4 y la 5. El cambio de local a vivienda paga 155,86 € por unidad. Antes hay que confirmar que el planeamiento permite el cambio.

      Sí. La colocación de rótulos se tramita por declaración responsable urbanística (art. 155 de la Ley 9/2001 de Madrid), y la ordenanza fiscal de Fuenlabrada fija una tasa de 55,11 € por m² de cartel publicitario.

      La que figura en el Catastro para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del local, por cada metro cuadrado o fracción. Las galerías comerciales tienen una reducción del 60 %, y si amplías actividades en el mismo local manteniendo la anterior se toma el 40 % de la superficie.

      Sí. Antes de empezar debes presentar el alta censal en Hacienda (modelo 036) y, si eres autónomo, el alta en la Seguridad Social. El Impuesto sobre Actividades Económicas no lo pagan las personas físicas, ni las sociedades durante sus dos primeros años o con una cifra de negocios inferior a 1.000.000 € (art. 82 de la Ley de Haciendas Locales).

      Bares, traspasos, ampliaciones y sanciones

      Bares, cafeterías y restaurantes están en el catálogo de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Madrid. Necesitan licencia de funcionamiento o, a elección del titular, una declaración responsable con proyecto de obra y actividad firmado por un técnico, certificado final de obra, seguro obligatorio y justificante de la tasa.

      Es como se suele llamar a las actividades sin molestias ni riesgos relevantes para el entorno: una oficina, una tienda de ropa, una asesoría o una peluquería. En la Comunidad de Madrid la mayoría de ellas abre con una declaración responsable y una memoria técnica, sin licencia previa.

      En comercios y servicios basta con comunicarlo al Ayuntamiento: el cambio de titularidad no está sujeto a licencia (art. 3.2 de la Ley 12/2012). El nuevo titular asume la actividad en las mismas condiciones. La ordenanza fiscal de Fuenlabrada incluye el cambio de titularidad entre los hechos que pagan tasa, así que conviene revisar la liquidación antes de firmar el traspaso.

      Sí. La declaración responsable te habilita desde el día en que la presentas en el registro del Ayuntamiento, siempre que la actividad cumpla la normativa. Para bares y locales de ocio, el Ayuntamiento tiene un mes para hacer la visita de comprobación (Ley 17/1997, disposición adicional novena).

      Necesitas presentar una declaración complementaria (art. 157.5 de la Ley 9/2001) y pagar la tasa por la superficie ampliada o modificada. Si la ampliación dura menos de un año, la cuota se reduce un 60 %. Si cambias a una actividad distinta, es una nueva declaración, no una modificación.

      Sí, si la actividad es contraria al planeamiento urbanístico o no cumple lo declarado: la declaración no legitima actuaciones disconformes con la legalidad (art. 157.4 de la Ley 9/2001) y el Ayuntamiento puede inspeccionar en cualquier momento. Por eso es clave comprobar el uso antes y que el técnico justifique bien la normativa.

      Los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, bares y restaurantes incluidos, deben señalizarse con la placa homologada que suministra el Ayuntamiento de Fuenlabrada, por 37,12 € por placa (Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 4, nota 5).

      Cuando el Ayuntamiento lo detecta, la tasa se devenga igualmente en la primera comprobación, se abre expediente sancionador y, si la actividad no se puede legalizar, se ordena el cierre (art. 6.2 de la Ordenanza fiscal nº 15 de Fuenlabrada).

      No. La tasa se paga al presentar la solicitud o la declaración responsable, y la obligación no cambia si la licencia se deniega, se concede con condiciones o renuncias a ella (art. 6.3 de la Ordenanza fiscal nº 15). Por eso conviene comprobar antes si la actividad cabe en el local.