Licencia de actividad en Fuenlabrada: declaración responsable, tasa por calle y trámites para abrir tu negocio
En resumen
- Comercios, oficinas y servicios: abren con declaración responsable, sin licencia previa, desde el día en que la presentas.
- Bares, restaurantes y gimnasios: licencia de funcionamiento o declaración responsable con proyecto, certificado final de obra y seguro.
- Tasa: por m² catastral y categoría de la calle; en declaración responsable, de 1,74 € a 9,15 € por m².
- Ejemplo: 80 m² en una calle de categoría 3 pagan 343,20 € por declaración responsable.
- Con obras: ICIO del 4 % y tasa de obra del 1,11 % sobre el presupuesto.
- Antes de alquilar: un informe urbanístico cuesta 20,79 € y evita pagar por un local donde tu actividad no cabe.
- Cambio de titularidad: en comercios y servicios basta comunicarlo al Ayuntamiento.
¿Qué licencia necesita tu negocio para abrir en Fuenlabrada?
Muchos negocios ya no necesitan licencia previa: el comercio minorista y los servicios que recoge la ley abren con una declaración responsable. Los bares, restaurantes, gimnasios y locales de ocio tienen su propia ley autonómica, y solo las obras que requieren proyecto o los edificios protegidos exigen licencia urbanística.
| Tu caso | Qué presentas | Cuándo puedes abrir | Norma |
|---|---|---|---|
| Tienda o comercio minorista, peluquería y estética, oficina de servicios a empresas, reparación de electrodomésticos, academia de formación (hasta 750 m²)… | Declaración responsable de actividad con memoria o proyecto técnico y justificante de la tasa | Desde el día en que la presentas | Ley 2/2012 de Madrid (arts. 3 y 4) y Ley 12/2012 (art. 3) |
| Bar, cafetería, restaurante, gimnasio, discoteca, local de ocio | Licencia de funcionamiento o, si lo prefieres, declaración responsable con proyecto de obra y actividad, certificado final de obra y seguro | Con la declaración, desde su presentación; el Ayuntamiento comprueba en un mes | Ley 17/1997 de Madrid (art. 8 y disposición adicional novena) |
| Obras que necesitan proyecto, edificios protegidos, movimientos de tierra | Licencia urbanística (o declaración conjunta de actividad y obra, según el caso) | Cuando se concede la licencia | Ley 9/2001 del Suelo de Madrid (art. 152) |
| Garaje o aparcamiento | Declaración responsable de garaje | Desde su presentación | Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 4.B |
| Cambio de titular de un comercio o servicio | Comunicación al Ayuntamiento | No hace falta esperar | Ley 12/2012 (art. 3.2) |
Si no tienes claro si tu actividad cabe en el local, la Ley del Suelo de Madrid permite hacer antes una consulta urbanística al Ayuntamiento (art. 157.3). Es lo más prudente antes de firmar un alquiler, porque la tasa no se devuelve aunque la actividad no sea viable.
Calculadora: ¿cuánto cuesta la tasa de actividad en Fuenlabrada?
Busca tu calle para saber su categoría fiscal, elige el trámite e introduce los metros del local según el Catastro. La calculadora aplica las tarifas del epígrafe 4 de la Ordenanza fiscal nº 15 de Fuenlabrada y la clasificación de calles de la Ordenanza Fiscal General 2026. No se guarda ni se envía ningún dato.
Orientativo. La tasa se paga por autoliquidación al presentar la solicitud o la declaración (art. 7 de la ordenanza) y el Ayuntamiento puede practicar después una liquidación definitiva. Con obras suma el ICIO (4 %) y la tasa de obra (1,11 %) sobre el presupuesto. No incluye honorarios del técnico, el seguro ni otras tasas (rótulos, terrazas). Las gasolineras, las superficies descubiertas y las instalaciones eléctricas tienen reglas propias.
¿Cuáles son las tarifas de la tasa de actividad en Fuenlabrada?
La tasa se paga por cada metro cuadrado o fracción del local y depende de la categoría de la calle: en la categoría 1 es de 9,15 € por m² en declaración responsable y 14,64 € en licencia de actividad; en la categoría 5, de 1,74 € y 2,37 €. La licencia de funcionamiento tiene una cuota fija por expediente.
| Categoría de la calle | Declaración responsable (€/m²) | Licencia de actividad (€/m²) | Garaje (€/plaza) |
|---|---|---|---|
| 1 | 9,15 | 14,64 | 19,80 |
| 2 | 6,24 | 9,37 | 14,98 |
| 3 | 4,29 | 6,01 | 9,99 |
| 4 | 2,99 | 4,07 | 4,99 |
| 5 | 1,74 | 2,37 | 4,99 |
| Licencia de funcionamiento (por expediente) | Cuota |
|---|---|
| Local de menos de 150 m² | 103,40 € |
| De 150 m² a menos de 500 m² | 361,90 € |
| De 500 m² o más | 568,70 € |
- Galerías comerciales: reducción del 60 % de la cuota.
- Varios accesos por calles de distinta categoría: se aplica la categoría superior.
- Locales de espectáculos y ocio: además, placa homologada que suministra el Ayuntamiento por 37,12 €.
- Máquinas o instalaciones de autoservicio con acceso desde la vía pública: cuota fija de 323,16 €.
Fuente: epígrafe 4 de la Ordenanza fiscal nº 15, reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, vigente en 2026.
¿Qué trámite necesita cada tipo de negocio en Fuenlabrada?
El trámite lo decide la actividad, no el tamaño del local: la ley enumera los comercios y servicios que abren con declaración responsable, la ley de espectáculos regula bares, restaurantes y gimnasios, y el resto necesita estudiarse caso a caso. Esta tabla recoge los negocios por los que más nos preguntan.
| Negocio | Trámite habitual | Por qué |
|---|---|---|
| Tienda de ropa, alimentación, farmacia, ferretería, muebles | Declaración responsable | Comercio minorista del anexo de la Ley 2/2012 de Madrid |
| Peluquería, barbería, centro de estética | Declaración responsable | Grupo 972 del anexo de la Ley 2/2012 |
| Asesoría, gestoría, ingeniería, agencia de publicidad | Declaración responsable | Servicios a empresas (agrupación 84) del anexo de la Ley 2/2012 |
| Inmobiliaria, correduría de seguros, entidad financiera | Declaración responsable | Agrupaciones 81 a 83 del anexo de la Ley 2/2012 |
| Reparación de electrodomésticos y otros bienes de consumo | Declaración responsable | Epígrafes 691.1 y 691.9 del anexo (no incluye talleres de automóviles) |
| Academia de formación no reglada (hasta 750 m²) | Declaración responsable | Agrupación 93 del anexo de la Ley 12/2012 |
| Bar, cafetería, restaurante, heladería, churrería | Licencia de funcionamiento o declaración responsable con proyecto | Catálogo de la Ley 17/1997 (hostelería) |
| Gimnasio, bolera, sala de fiestas, karaoke | Licencia de funcionamiento o declaración responsable con proyecto | Catálogo de la Ley 17/1997 |
| Taller de automóviles, industria, clínica o centro sanitario | Estudio caso a caso | No están en los anexos de liberalización; pueden requerir trámites ambientales o sanitarios propios |
| Garaje o aparcamiento | Declaración responsable de garaje | Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 4.B |
Si tu actividad no está en la tabla, no la des por hecha: una misma actividad puede cambiar de trámite por el aforo, la superficie o las obras. Te lo confirmamos antes de que firmes nada.
¿Cómo comprobar antes de alquilar que tu negocio cabe en el local?
Pide al Ayuntamiento un informe urbanístico (20,79 €) o una cédula urbanística (87,38 €) sobre el local, o formula una consulta urbanística como permite el art. 157.3 de la Ley 9/2001. Así sabes si el uso está permitido antes de pagar fianzas, obras y tasas que no se devuelven.
| Documento municipal | Tasa en Fuenlabrada | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Informe urbanístico o sobre el estado del inmueble | 20,79 € | Saber qué usos admite el local y su situación |
| Cédula urbanística | 87,38 € | Documento acreditativo del régimen urbanístico de la finca |
| Certificación urbanística | 87,38 € | Certificado oficial para terceros (bancos, notaría, compraventa) |
Además de lo urbanístico, revisa con nosotros tres cosas del contrato de alquiler: que el destino pactado coincida con tu actividad, quién paga las obras de adaptación (accesibilidad, salida de humos, insonorización) y qué pasa si el Ayuntamiento pone reparos. Tasas: epígrafe 3 de la Ordenanza fiscal nº 15.
¿Qué es la declaración responsable y qué documentos lleva?
Es la vía normal para abrir un comercio, una oficina o un servicio en Fuenlabrada: declaras que cumples la normativa, aportas la documentación técnica y el justificante de la tasa, y puedes empezar desde el día en que la registras. El Ayuntamiento revisa después y puede inspeccionar el local.
- Impreso de declaración responsable de actividad (o conjunta de actividad y obra si vas a reformar), que se presenta por la sede electrónica del Ayuntamiento con certificado digital o de forma presencial.
- Memoria técnica o proyecto de la actividad firmado por un técnico competente, con la justificación de la normativa aplicable (accesibilidad, seguridad contra incendios, instalaciones).
- Justificante del pago de la tasa: sin él, el Ayuntamiento no tramita la declaración y te da diez días para pagar (art. 7.1 de la ordenanza).
- Datos del local: referencia catastral y superficie, que es la que se usa para calcular la tasa.
Si más adelante cambias la actividad o amplías el local, necesitas una declaración complementaria (art. 157.5 de la Ley 9/2001). Recuerda que la declaración no legaliza nada que vaya contra el planeamiento: si el uso no está permitido en ese local, el Ayuntamiento puede ordenar el cese.
¿Qué necesitan los bares, restaurantes y gimnasios?
Bares, cafeterías, restaurantes, gimnasios, discotecas y locales de ocio están en el catálogo de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Madrid. Necesitan licencia de funcionamiento o, a elección del titular, una declaración responsable con proyecto, certificado final de obra y seguro obligatorio.
| Documento (declaración responsable, DA 9.ª Ley 17/1997) | Quién lo prepara |
|---|---|
| Proyecto de obra y actividad | Técnico competente, visado si procede |
| Declaración de impacto ambiental o resolución de que no hace falta, si la actividad está sometida a evaluación | Técnico y Comunidad de Madrid |
| Certificado final de obras e instalaciones (o memoria técnica si no hay obra) | Técnico competente |
| Certificado del seguro obligatorio | Aseguradora |
| Justificante de la tasa municipal | Titular (lo preparamos nosotros) |
El Ayuntamiento registra la declaración el mismo día y tiene un mes para hacer la visita de comprobación. Si todo es correcto, dicta la resolución que constituye la licencia de funcionamiento, donde consta el aforo máximo (art. 8 de la Ley 17/1997). En Fuenlabrada, además, el local debe colocar la placa homologada que entrega el Ayuntamiento (37,12 €).
Si vas a traspasar un bar, revisa antes que la licencia esté a nombre del titular anterior y que el aforo y la actividad (bar, restaurante, bar con música) coinciden con lo que vas a hacer.
¿Cuáles son los pasos para abrir un negocio en Fuenlabrada?
Primero comprueba que tu actividad está permitida en ese local; después, que el técnico prepare la memoria o el proyecto; paga la tasa, presenta la declaración responsable en el Ayuntamiento y date de alta en Hacienda y, si eres autónomo, en la Seguridad Social antes de abrir.
- Antes de alquilar: consulta urbanística o estudio del uso permitido en el local y de las obras que necesita.
- Documentación técnica: memoria o proyecto firmado por un técnico, con la accesibilidad, la protección contra incendios y las instalaciones.
- Tasa: autoliquidación según los metros catastrales y la categoría de la calle. Las tasas y licencias urbanísticas son gasto subvencionable en las ayudas para autónomos y empresas en Fuenlabrada.
- Presentación por la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada con certificado digital, o de forma presencial.
- Alta fiscal: modelo 036 en Hacienda con el domicilio de la actividad. El IAE no lo pagan las personas físicas ni las sociedades en sus dos primeros años o con menos de 1.000.000 € de cifra de negocios (art. 82 de la Ley de Haciendas Locales).
- Seguridad Social: alta como autónomo o de la empresa y los trabajadores. Te lo explicamos en la gestoría para autónomos en Fuenlabrada.
Si todavía no tienes empresa, mira cómo crear una empresa en Fuenlabrada antes de firmar el contrato del local, para que la licencia y el alquiler queden a nombre de quien va a explotar el negocio.
¿Qué otros impuestos y tasas pagas al abrir un local en Fuenlabrada?
Además de la tasa de actividad, si reformas el local pagas el ICIO (4 % del coste de ejecución material) y la tasa de obras (1,11 % del coste). El rótulo tributa a 55,11 € por m², y convertir una vivienda en local cuesta entre 41,19 € y 179,34 € por m² según la calle.
| Concepto | Importe en Fuenlabrada (2026) | Norma |
|---|---|---|
| Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) | 4 % del coste de ejecución material | Ordenanza fiscal nº 4, art. 8 |
| Tasa de licencia de obra o comunicación previa | 1,11 % del coste real y efectivo | Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 1 |
| Cartel o rótulo publicitario | 55,11 € por m² | Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 1 |
| Cambio de uso de vivienda a local | 179,34 / 124,00 / 69,00 / 41,19 / 41,19 € por m² (categorías 1 a 5) | Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 1 |
| Cambio de uso de local a vivienda | 155,86 € por unidad | Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 1 |
| Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) | Exentos las personas físicas y las sociedades con menos de 1.000.000 € de cifra de negocios o en sus dos primeros años | Art. 82 de la Ley de Haciendas Locales |
| IBI del local | Según el valor catastral; lo paga el propietario (puede repercutirse en el alquiler) | Ver IBI en Fuenlabrada |
El ICIO se devenga al empezar la obra, aunque todavía no tengas licencia o no hayas presentado la declaración (art. 9 de la ordenanza del ICIO). Las obras que el Pleno declare de especial interés o utilidad municipal, por ejemplo por fomento del empleo, pueden tener una bonificación del 50 % si se pide en los tres meses siguientes al inicio (art. 11).
¿Cómo se hace el cambio de titularidad de la licencia?
En comercios y servicios, el cambio de titular no necesita licencia: basta con comunicarlo al Ayuntamiento (art. 3.2 de la Ley 12/2012). El nuevo titular sigue con la actividad en las mismas condiciones, pero la ordenanza fiscal de Fuenlabrada lo incluye entre los hechos que pagan tasa.
Antes de pagar un traspaso, comprueba con nosotros:
- Que la licencia o la declaración existe y corresponde a la misma actividad que vas a desarrollar. Si cambias de actividad, no es un cambio de titularidad sino una nueva declaración.
- Que no hay expedientes abiertos de inspección, disciplina urbanística o sanciones sobre el local.
- Que el contrato de traspaso o alquiler refleja quién paga la tasa y qué pasa si el Ayuntamiento pone reparos.
¿Qué pasa si amplías el local o cambias de actividad?
Cualquier modificación de lo declarado exige una declaración complementaria (art. 157.5 de la Ley 9/2001) y paga tasa por la superficie ampliada o modificada. Si cambias a una actividad distinta, no es una modificación sino una nueva declaración responsable o licencia, con su tasa completa.
- Ampliación de superficie: se aplica la tarifa por m² solo a la superficie ampliada o modificada; si es por menos de un año, la cuota se reduce un 60 % (Ordenanza fiscal nº 15, epígrafe 4.D).
- Nueva actividad manteniendo la anterior en el mismo local: la autoliquidación se hace sobre el 40 % de la superficie total y se regulariza con el informe de Urbanismo.
- Sustitución de maquinaria o instalaciones sometidas a control: se computa la superficie que ocupan los elementos sustituidos.
- Obras de reforma: si no necesitan proyecto van por declaración responsable; si lo necesitan, por licencia (arts. 152 y 155 de la Ley 9/2001). En ambos casos se paga ICIO.
¿Qué pasa si abro sin licencia ni declaración responsable?
Cuando el Ayuntamiento lo detecta, la tasa se devenga igualmente en la primera comprobación, se abre expediente sancionador y, si la actividad no se puede legalizar, se ordena el cierre del local (art. 6.2 de la Ordenanza fiscal nº 15). Además, la tasa no se devuelve aunque la licencia se deniegue o desistas.
La mejor defensa es presentar la documentación antes de abrir. Si ya estás abierto sin ella, lo prudente es regularizar cuanto antes con una declaración responsable o la licencia que corresponda, antes de que llegue la inspección. Si ya tienes un expediente sancionador, nuestros abogados de contencioso-administrativo pueden recurrirlo.
¿Qué hay que saber de los locales y naves de Fuenlabrada?
En Fuenlabrada la tasa cambia mucho según la calle: las vías comerciales del centro, como la calle Móstoles, Grecia o Suiza, son de categoría 1, mientras que muchas calles de barrio son de categoría 3 o 4. En los polígonos industriales conviene revisar el uso permitido de la nave y si la actividad necesita trámite ambiental.
- Centro y ejes comerciales: la categoría 1 incluye, entre otras, la calle Móstoles, la calle Grecia, la calle Suiza, la calle Portugal y la avenida de las Naciones (algunas por tramos de números).
- Polígonos industriales: naves de gran superficie, donde la tasa por metro pesa mucho. Si una parte es descubierta y está cerrada por vallado, la ordenanza aplica una reducción del 60 % sobre la cuota.
- Galerías comerciales: la galería tramita su propia actividad y cada puesto la suya; la reducción del 60 % se aplica a la galería.
- Cobo Calleja: si importas y vendes al por mayor, revisa también la fiscalidad en nuestra asesoría fiscal en Cobo Calleja.
Los impuestos municipales de tu local, como el IBI en Fuenlabrada, se gestionan en la Oficina Tributaria del Ayuntamiento (OTAF), en la Plaza de la Constitución, 1. Tienes las demás oficinas en Hacienda y Seguridad Social en Fuenlabrada.
¿Cómo te ayuda nuestra gestoría con la licencia?
Revisamos si tu actividad cabe en el local antes de que firmes, coordinamos el expediente con el técnico que firma la memoria o el proyecto, calculamos y presentamos la tasa, presentamos la declaración por la sede electrónica y damos de alta la actividad en Hacienda. Te damos un presupuesto cerrado por escrito.
- Estudio previo gratuito del local y de la actividad, en el despacho de la Plaza de la Albufera o por videollamada.
- Presupuesto cerrado con la tasa calculada y los honorarios del técnico por separado.
- Tramitación completa ante el Ayuntamiento y alta fiscal y laboral.
- Después de abrir, si quieres, llevamos tu contabilidad, impuestos y nóminas desde nuestra gestoría en Fuenlabrada.
¿Vas a abrir un local en Fuenlabrada?
Estudio previo gratuito: te decimos qué trámite necesitas, cuánto pagarás de tasa y si la actividad cabe en el local antes de que firmes.
605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com