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SMI 2026: cuánto sube y cómo actualizar nóminas
En 2026 el SMI vuelve a subir. Te explicamos el nuevo importe, cómo actualizar las nóminas de tus trabajadores, cómo afecta a la cotización a la Seguridad Social y qué complementos entran o no en el cómputo del SMI.
Índice del artículo
- Nuevo importe del SMI en 2026
- A quién afecta la subida
- Cómo actualizar las nóminas paso a paso
- Complementos que sí computan y los que no
- Impacto en la cotización a la Seguridad Social
- Sanciones por no actualizar
- Cómo se fija el SMI cada año
- Cómo consultar el importe oficial actualizado
- Errores frecuentes al aplicar la subida
Nuevo importe del SMI en 2026
El Salario Mínimo Interprofesional para 2026 se ha revisado al alza por acuerdo del Gobierno. Se fija tanto la cuantía mensual (en 14 pagas) como la cuantía anual bruta.
La revisión afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena con contrato a jornada completa. Para jornadas parciales se aplica la proporción correspondiente a las horas contratadas.
A quién afecta la subida
Están obligados a actualizar los salarios:
- Empresas con trabajadores cuyo salario esté por debajo del nuevo SMI.
- Empresas cuyo convenio colectivo tenga salarios inferiores al nuevo SMI (aunque el convenio no se haya actualizado).
- Empresas con trabajadores del hogar (aplica la misma cuantía en proporción a las horas).
- Contratos temporales, fijos discontinuos y en período de prueba.
Cómo actualizar las nóminas paso a paso
El proceso operativo:
- Identifica en tu programa de nóminas los trabajadores por debajo del nuevo SMI.
- Revisa el convenio aplicable: si el salario del convenio ya supera el SMI, no hay que subir.
- Genera una comunicación por escrito al trabajador con el nuevo salario y fecha de efectos.
- Actualiza el sistema Cret@ o RED de la Seguridad Social con las nuevas bases de cotización.
- Revisa cláusulas de retribución variable, pluses y complementos que puedan verse afectados.
Complementos que sí computan y los que no
Según el Estatuto de los Trabajadores y la doctrina del Tribunal Supremo, computan a efectos de SMI el salario base y ciertos complementos salariales fijos (antigüedad, calidad y cantidad de trabajo).
NO computan las percepciones extrasalariales (dietas, kilometraje, indemnizaciones), horas extra, plus de nocturnidad y turnicidad. Esta distinción es clave: una empresa con salario base bajo y muchos complementos extrasalariales puede seguir por debajo del SMI aunque el bruto mensual lo supere.
Impacto en la cotización a la Seguridad Social
La base mínima de cotización al Régimen General se actualiza en paralelo al SMI. Sube tanto la aportación empresarial como la del trabajador. Revisa:
- Base de cotización por contingencias comunes.
- Base de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Cotización por desempleo, FOGASA y formación profesional.
Sanciones por no actualizar
Pagar por debajo del SMI es infracción grave de la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social). Sanciones desde 751 € hasta 7.500 € por trabajador afectado. Además, el trabajador puede reclamar las diferencias con los últimos 12 meses de nómina y la Inspección de Trabajo puede levantar acta con recargo del 20% en la cuota omitida.
Cómo se fija el SMI cada año
El SMI se aprueba anualmente mediante Real Decreto, previa consulta con los agentes sociales (sindicatos y patronal) en el marco del diálogo social, conforme al artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores. El Gobierno puede fijarlo por decreto aunque no haya acuerdo entre las partes, como ha ocurrido en varios ejercicios recientes.
El Real Decreto se publica habitualmente a principios de año en el BOE, aunque en ocasiones la publicación se demora y el importe se aplica con efectos retroactivos al 1 de enero.
Cómo consultar el importe oficial actualizado
Antes de aplicar cualquier cifra, verifica siempre el importe vigente en la fuente oficial, ya que puede variar entre la fecha de redacción de esta guía y el momento en que la consultas:
- BOE: busca el "Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional" del año en curso.
- Ministerio de Trabajo: mites.gob.es publica el importe y las tablas por jornada.
- Sede electrónica de la Seguridad Social: para verificar las bases mínimas de cotización actualizadas en paralelo.
Errores frecuentes al aplicar la subida
En la práctica, estos son los fallos más habituales que detectamos al revisar nóminas de empresas clientas:
- Aplicar la subida solo a los trabajadores con salario base por debajo del SMI, olvidando revisar el salario de convenio.
- Confundir percepciones extrasalariales con complementos salariales al calcular si se alcanza el SMI.
- No actualizar las bases de cotización en el sistema RED tras subir el salario.
- Olvidar la actualización en contratos a tiempo parcial, donde el error de cálculo proporcional es más frecuente.
- No documentar por escrito la comunicación de la subida al trabajador, lo que dificulta acreditar la fecha de efectos ante una inspección.
Fuentes oficiales para verificar
Los importes y plazos normativos cambian con frecuencia. Verifica siempre el dato vigente en la fuente oficial:
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605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.comPreguntas frecuentes
Sí. La subida tiene efectos desde el 1 de enero de 2026 salvo que el Real Decreto disponga otra fecha. Las diferencias generadas hasta la publicación deben abonarse retroactivamente al trabajador.
Se aplica el SMI en proporción a la jornada. Ejemplo: media jornada cobra el 50% del SMI mensual y anual.
Solo con complementos salariales fijos. Las percepciones extrasalariales (dietas, kilometraje) no se pueden usar para compensar la subida.
Un incremento del SMI conlleva subida proporcional de la base mínima de cotización. El coste real por trabajador puede superar en un 30-35% el bruto salarial.
El SMI no aplica a autónomos por cuenta propia, pero sí afecta a algunos tramos de cotización RETA y a los autónomos económicamente dependientes (TRADE).
En el BOE (Real Decreto anual del SMI) o en mites.gob.es, que mantiene actualizada la tabla oficial por jornada completa y parcial.
El salario en especie no puede superar el 30% del total y nunca puede impedir que el trabajador perciba en metálico, como mínimo, el SMI en su cuantía íntegra.