Asesoría y gestoría en Leganés para autónomos y pymes: impuestos, contabilidad y nóminas

Actualizado el 14/10/2026 Juan Miguel Jiménez Cabrera Abogado ICAM nº 85230 Lectura: 32 min

En resumen

¿Qué hace nuestra asesoría por un negocio de Leganés?

Llevamos todo lo que un autónomo o una pyme de Leganés tiene que presentar a Hacienda, a la Seguridad Social y al Ayuntamiento: impuestos trimestrales y anuales, contabilidad, nóminas y altas. Revisamos cada factura antes de presentar, te avisamos de los plazos y, si llega un requerimiento, te defiende el mismo despacho.

Fiscal

IVA (303 y 390), IRPF del autónomo (130 o 131), retenciones (111, 115, 190), Impuesto sobre Sociedades (202 y 200) y declaración de la renta.

Contabilidad

Libros registro del autónomo o contabilidad completa de la sociedad, cierre del ejercicio, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil de Madrid.

Laboral y nóminas

Contratos, altas y bajas, nóminas, seguros sociales, finiquitos, incapacidades e inspecciones de trabajo, con el convenio de tu sector.

Gestoría para autónomos

Alta en Hacienda y en la Seguridad Social, elección del epígrafe y del régimen, tarifa plana y ayudas, y cambios o bajas de actividad.

Sociedades

Constitución de la SL (desde 350 €), estatutos, cambios de administrador o de domicilio, ampliaciones de capital, disolución y liquidación.

Defensa ante Hacienda

Requerimientos, comprobaciones, inspecciones, sanciones, aplazamientos y recursos ante el TEAR y los tribunales, con abogado colegiado.

Cada área tiene su guía con todo el detalle: asesoría fiscal, asesoría contable, asesoría laboral y gestoría para autónomos. Están escritas para Fuenlabrada, donde está el despacho, pero las normas fiscales y laborales son las mismas en Leganés; lo que cambia, el Ayuntamiento y las oficinas, lo tienes en esta página.

Si además del asesor necesitas un abogado (un despido, una reclamación de deuda, una herencia), el despacho de abogados del grupo atiende también Leganés: abogados en Leganés.

Calculadora: ¿cuánto pagarás este trimestre de IVA (303) e IRPF (130)?

Introduce lo que has facturado y gastado este trimestre y en lo que va de año. Te calculamos el resultado del modelo 303 de IVA y del modelo 130 de IRPF, la reducción de hasta 100 € para rendimientos bajos y la fecha límite para presentarlos. Es la misma cuenta que hacemos cada trimestre con nuestros clientes de Leganés.

–Modelo 303 (IVA)
–Modelo 130 (IRPF)
–Fecha límite

    Orientativo. El 130 sigue el art. 110 del Reglamento del IRPF: 20 % del rendimiento neto acumulado, menos pagos anteriores y retenciones, con la minoración de 100, 75, 50 o 25 € si el rendimiento del año anterior no pasó de 9.000, 10.000, 11.000 o 12.000 €. No incluye la deducción por vivienda habitual ni el recargo de equivalencia. Si el último día es festivo, el plazo pasa al siguiente hábil.

    ¿Te sale mucho a pagar? Revisa si estás deduciendo todo lo que puedes en nuestra guía del modelo 130 paso a paso y en la del modelo 303 de IVA.

    Si el resultado te parece alto, lo normal es que falte algún gasto deducible o que el IVA de alguna factura no esté bien aplicado. Lo revisamos gratis: mándanos los datos y te decimos si se puede ajustar antes de presentar.

    ¿Qué impuestos paga un negocio de Leganés y cuándo, en 2026?

    A Hacienda, cada trimestre: IVA, IRPF y retenciones, del 1 al 20 de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Al Ayuntamiento de Leganés, una vez al año y en fechas fijas: el impuesto de circulación en primavera, el IBI en dos plazos, y el IAE y la tasa de basura de los locales en otoño.

    Impuestos y tasas del Ayuntamiento de Leganés en 2026

    Fechas del calendario fiscal de 2026, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 2 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 23 de diciembre de 2025 (BOCM-20251223-65):

    Periodo voluntario de pagoTributo municipalA quién afecta
    13 de marzo - 14 de mayoVeladores (terrazas), entrada de vehículos (vados), cajeros y mostradores a la calle, quioscos y mercadillos (1.er plazo)Bares con terraza, comercios con vado o puesto
    15 de abril - 16 de junioImpuesto sobre vehículos de tracción mecánica (circulación)Titulares de vehículos, también las empresas
    22 de mayo - 23 de julioIBI urbano y de características especiales (1.er plazo)Propietarios de locales, naves y viviendas
    16 de septiembre - 17 de noviembreImpuesto sobre actividades económicas (IAE)Sociedades con cifra de negocios de 1 millón o más
    16 de septiembre - 17 de noviembreTasa de recogida de basura de establecimientos industriales, comerciales y profesionalesLocales y naves con actividad
    16 de octubre - 17 de diciembreIBI urbano y de características especiales (2.º plazo) e IBI rústicoPropietarios
    16 de octubre - 17 de diciembreQuioscos y mercadillos (2.º plazo) y canon de aparcamientos en concesiónTitulares de puestos y concesiones

    Impuestos de la Agencia Tributaria: lo que queda de 2026 y enero de 2027

    PlazoQué se presentaQuién
    1-20 de octubre de 2026303 y 130/131 del tercer trimestre; 111 y 115; segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202)Autónomos y sociedades
    1-20 de diciembre de 2026Tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202)Sociedades
    1-20 de enero de 2027111 y 115 del cuarto trimestreQuien tenga trabajadores, pague a profesionales o alquile un local
    1-30 de enero de 2027303 y 130/131 del cuarto trimestre; resumen anual del IVA (390); resúmenes 190 y 180Autónomos y sociedades
    Febrero de 2027Operaciones con terceros de más de 3.005,06 € (347)Autónomos y sociedades que no lleven el SII
    1-25 de julio de 2027Impuesto sobre Sociedades de 2026 (modelo 200), con cierre a 31 de diciembreSociedades

    Nuestros clientes no tienen que llevar este calendario: les avisamos de cada plazo, les pedimos la documentación con tiempo y les mandamos el resultado antes de presentar. Si domicilias los recibos municipales, el Ayuntamiento los carga en las fechas que fija para cada impuesto.

    ¿Dónde se hacen los trámites de un negocio de Leganés?

    Casi todo se hace ya por internet, con certificado digital o con un apoderamiento a tu asesoría. Cuando hay que ir en persona, Hacienda y los juzgados de Leganés están juntos, en la plaza de la Comunidad de Madrid; las sociedades se inscriben en el Registro Mercantil de Madrid, y los despidos se juzgan en Madrid capital.

    OrganismoPara quéDónde
    Agencia Tributaria, Administración de LeganésAlta censal, notificaciones, certificados, cita para dudasPlaza de la Comunidad de Madrid, 4 (cita previa)
    Tesorería General de la Seguridad SocialAlta en el RETA, alta de trabajadores, aplazamientosPor Import@ss y el Sistema RED; presencial con cita previa
    Ayuntamiento de LeganésIBI, IAE, circulación, tasa de basura, licencias de actividad y obrasSede electrónica municipal y oficinas de atención con cita
    Registro Mercantil de MadridInscribir la sociedad, legalizar libros, depositar cuentasPresentación telemática
    Tribunal de Instancia de LeganésReclamaciones de deudas, conflictos civiles y mercantiles con particulares, asuntos penalesPlaza de la Comunidad de Madrid, 5
    Sección de lo Social de Madrid y SMACDespidos y reclamaciones laborales (antes, conciliación en el SMAC)Calle Princesa, 3, Madrid
    Legislae ConsultingTodo lo anterior, en tu nombrePlaza de la Albufera, 3, Local 3, Fuenlabrada (5 km)

    La Agencia Tributaria de Leganés queda a unos 240 metros de la estación de Casa del Reloj de MetroSur. Si te llega una cita o una notificación y no sabes qué hacer, envíanosla antes de ir: muchas veces se resuelve por la sede electrónica sin desplazarse. Tienes más detalle sobre cómo pedir cita en nuestra guía de oficinas de Hacienda y Seguridad Social.

    ¿Tiene que pagar IAE y tasas municipales tu negocio en Leganés?

    El IAE solo lo pagan las sociedades con una cifra de negocios de 1 millón de euros o más; los autónomos están exentos, y las empresas nuevas también durante sus dos primeros años. Lo que sí paga casi cualquier local con actividad en Leganés es la tasa de basura de establecimientos, y la terraza o el vado si los tienes.

    Situación¿Paga IAE?Norma
    Autónomo (persona física)No, pero se da de alta en su epígrafe con el modelo 036Art. 82.1.c TRLHL
    Sociedad en sus dos primeros periodos de actividadNoArt. 82.1.b TRLHL
    Sociedad con cifra de negocios inferior a 1.000.000 €NoArt. 82.1.c TRLHL
    Sociedad con cifra de negocios de 1.000.000 € o másSí: cuota según la tarifa, el coeficiente de ponderación y el de situación que fija el AyuntamientoArts. 85-87 TRLHL

    La cifra de negocios que cuenta es la del penúltimo año: para el IAE de 2026, la de 2024. Si tu sociedad cruza el millón, el alta en la matrícula del impuesto se hace con el modelo 840, y a partir de ahí el recibo llega cada otoño. El epígrafe que elijas tiene efectos más allá del IAE (retenciones, IVA, módulos); lo explicamos en cómo elegir el epígrafe del IAE.

    Antes de abrir un local en Leganés

    Si vas a comprar un negocio ya abierto, revisa también el cambio de titularidad y las deudas que arrastra: lo contamos en traspaso de negocio.

    ¿Cómo es el tejido empresarial de Leganés?

    Leganés tiene 195.734 habitantes (INE, 1 de enero de 2025) y 9.301 empresas activas según el Directorio Central de Empresas del INE. Predominan el comercio, el transporte y la hostelería, con mucha construcción y servicios profesionales, y una industria que se concentra en sus polígonos y en el parque tecnológico.

    Sector (DIRCE, INE)Empresas activasPeso
    Comercio, transporte y hostelería3.46037 %
    Construcción1.45616 %
    Actividades profesionales, científicas y administrativas1.36015 %
    Industria4044 %
    Resto de servicios (información, finanzas, inmobiliarias, educación, sanidad y otros)2.62128 %
    Total9.301100 %

    Sobre ese mapa hay cuatro polos que generan buena parte de la actividad: los polígonos industriales de Nuestra Señora de Butarque y Prado Overa; el parque Leganés Tecnológico; el campus de la Universidad Carlos III, y el Hospital Universitario Severo Ochoa, alrededor del cual han crecido consultas, clínicas y servicios sanitarios privados. El comercio y la hostelería se reparten por los barrios: Zarzaquemada, San Nicasio, La Fortuna, El Carrascal, Leganés Norte, Arroyo Culebro y el centro.

    Cada uno de esos perfiles tiene preguntas fiscales y laborales distintas, y por eso no sirve una asesoría «de plantilla». Lo vemos por sectores.

    ¿Qué necesita cada tipo de negocio de Leganés?

    Un bar de Zarzaquemada, una empresa de logística de Prado Overa, una clínica junto al Severo Ochoa y un investigador de la Carlos III pagan impuestos distintos. Estos son los puntos que más revisamos en cada caso.

    Comercio y hostelería de barrio

    Industria, logística y construcción de los polígonos

    Clínicas y profesionales sanitarios

    Universidad, tecnología y nuevas empresas

    ¿Qué hay que hacer para contratar al primer trabajador en Leganés?

    Antes de que empiece a trabajar: inscribir la empresa en la Seguridad Social, dar de alta al trabajador, firmar el contrato y comunicarlo, y tener contratada la prevención de riesgos laborales. Después, cada mes, nómina y seguros sociales, y cada trimestre, la retención del IRPF en el modelo 111.

    1. Inscripción de la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social y código de cuenta de cotización, la primera vez que contratas.
    2. Alta del trabajador antes de que empiece, nunca el mismo día después de empezar: el alta tardía es infracción aunque se haga horas después.
    3. Contrato por escrito y comunicación al servicio público de empleo en los diez días siguientes, a través de Contrat@.
    4. Convenio colectivo de tu actividad: fija el salario mínimo de cada categoría, los pluses y la jornada. Nunca por debajo del salario mínimo interprofesional.
    5. Prevención de riesgos: evaluación de riesgos y plan de prevención, normalmente con un servicio de prevención ajeno, y formación e información al trabajador (Ley 31/1995).
    6. Registro de jornada diario, con hora de entrada y de salida, conservado cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
    7. Cada mes: nómina y seguros sociales, que se pagan el último día hábil del mes siguiente. Cada trimestre: modelo 111 con las retenciones.

    Si el trabajador viene del paro o pertenece a un colectivo con ayudas, revisamos antes de contratar si hay bonificación en la cuota: están todas en bonificaciones por contratación en 2026. Y si tienes que despedir, el despido se juzga en Madrid, en la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia, después de la conciliación en el SMAC; el plazo del trabajador para reclamar es de 20 días hábiles. El detalle de nóminas, contratos y despidos está en la asesoría laboral.

    ¿Revisamos tu caso?

    Diagnóstico gratuito: miramos tus últimas declaraciones, te decimos qué se puede mejorar y te damos un precio cerrado.

    605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com

    ¿Qué impuestos paga un negocio que alquila o compra un local en Leganés?

    Si alquilas un local o una nave, pagas el alquiler con un 21 % de IVA y, en general, retienes un 19 % que ingresas cada trimestre con el modelo 115. Si lo compras, el impuesto depende de quién te lo vende: IVA si es una promotora o una empresa, o el Impuesto de Transmisiones si es un particular.

    Si alquilas el local

    Si compras, vendes o heredas un inmueble

    OperaciónImpuesto principalLo que conviene revisar
    Compra de un local o una nave a un particularTransmisiones Patrimoniales de la Comunidad de MadridSi el vendedor es empresario, si conviene renunciar a la exención del IVA (art. 20.Dos de la Ley del IVA)
    Compra a una empresa o una promotoraIVA del 21 % y Actos Jurídicos DocumentadosQue el IVA soportado se pueda deducir en tu actividad
    Venta de un inmueble del negocioIRPF o Impuesto sobre Sociedades por la ganancia, y plusvalía municipalLas amortizaciones acumuladas y el método de la plusvalía que salga más barato
    Herencia o donación de padres a hijosSucesiones o Donaciones, con la bonificación del 99 % de la Comunidad de MadridEl plazo de seis meses en herencias y la plusvalía al Ayuntamiento de Leganés

    La plusvalía municipal no se paga si demuestras con las escrituras que no hubo ganancia, y puedes elegir entre el método objetivo y la ganancia real (arts. 104.5 y 107.5 de la Ley de Haciendas Locales). Tienes ejemplos con números en donación de padres a hijos en Madrid y en vender un piso heredado.

    ¿Cómo empezar un negocio en Leganés: autónomo o sociedad?

    Como autónomo, el alta se hace en unos días: alta censal en Hacienda con el modelo 036 y alta en la Seguridad Social antes de empezar. Una SL lleva una o dos semanas: nombre, cuenta, escritura ante notario, NIF e inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Elegir bien desde el principio ahorra impuestos y problemas.

    Si empiezas como autónomo

    1. Alta censal en la Agencia Tributaria con el modelo 036 (el 037 desapareció en 2025): epígrafe del IAE, régimen de IVA y de IRPF y fecha de inicio.
    2. Alta en el RETA en la Seguridad Social, hasta el mismo día en que empiezas la actividad, con la base de cotización que corresponde a tus rendimientos previstos.
    3. Tarifa plana y ayudas: cuota reducida estatal y, en la Comunidad de Madrid, la Tarifa Cero para nuevos autónomos. Lo revisamos antes del alta porque algunas exigen pedirse en un plazo concreto.
    4. Licencia o declaración responsable del local en el Ayuntamiento de Leganés, si vas a abrir al público.
    5. Facturación desde el primer día con los requisitos legales, y la adaptación a Verifactu cuando sea obligatoria.

    Paso a paso y con plazos en alta de autónomo y, sobre las ayudas, en ayudas para autónomos y empresas.

    Si creas una sociedad

    1. Certificado de denominación del Registro Mercantil Central.
    2. Capital: desde 1 €, aportado en dinero o en bienes.
    3. Escritura y estatutos ante notario; se puede hacer por la vía telemática (CIRCE) con estatutos tipo o con estatutos propios.
    4. NIF provisional y alta censal de la sociedad.
    5. Inscripción en el Registro Mercantil de Madrid y NIF definitivo.
    6. Alta del administrador en la Seguridad Social y, si hay trabajadores, inscripción de la empresa.

    Lo tramitamos de principio a fin desde 350 €. Para decidir entre una forma y otra tienes ¿autónomo o SL?, constituir una SL por CIRCE y crear una empresa.

    ¿Cómo cambiar de asesoría si ya tienes una en Leganés?

    Es más sencillo de lo que parece y no tiene coste: firmas la autorización, pedimos a tu asesoría anterior la documentación y los accesos, revisamos lo presentado en los últimos años y asumimos el siguiente trimestre. No se pierde ningún plazo ni tienes que volver a contar tu historia.

    1. Primera reunión, en el despacho o por videollamada: nos cuentas tu actividad y lo que no te ha funcionado.
    2. Presupuesto cerrado por escrito, según tu volumen.
    3. Traspaso: modelos presentados, libros o contabilidad, contratos y nóminas, y el apoderamiento en la Agencia Tributaria y en el Sistema RED.
    4. Revisión de los cuatro últimos años (el plazo de prescripción) y aviso de lo que convenga corregir con una complementaria antes de que lo detecte Hacienda.
    5. Primer trimestre con nosotros, con el resultado en tu correo antes de presentar.

    Lo explicamos con más detalle en cómo cambiar de asesor fiscal sin problemas.

    ¿Cómo trabajamos contigo cada trimestre?

    Con un método fijo y sin sorpresas: te pedimos la documentación al acabar el trimestre, la revisamos, te enviamos el resultado con lo que vas a pagar antes de presentarlo y lo presentamos dentro de plazo. Si algo no cuadra, te llamamos antes, no después.

    1. Día 1 del mes siguiente: te recordamos qué necesitamos (facturas emitidas y recibidas, extractos y tickets que quieras deducir).
    2. Antes del día 10: revisamos cada factura, comprobamos el IVA y las retenciones y te avisamos de lo que falta.
    3. Antes del día 15: te enviamos el resultado del 303, del 130 y del resto de modelos, con lo que vas a pagar y la fecha del cargo.
    4. Antes del día 20: presentamos y te mandamos los justificantes. En enero, también los resúmenes anuales.

    Una vez al año, antes del 31 de diciembre, repasamos contigo cómo ha ido el ejercicio y qué se puede hacer todavía para reducir legalmente los impuestos: amortizaciones, gastos pendientes, reserva de capitalización en las sociedades o cómo cobra el administrador. Y te recordamos los recibos municipales de Leganés que vencen en otoño.

    ¿Cómo elegir una asesoría o gestoría en Leganés?

    Fíjate en cuatro cosas: quién firma tus declaraciones, si te avisa antes de los plazos o solo presenta lo que le mandas, si el precio está cerrado por escrito y qué pasa cuando llega un requerimiento. En Leganés hay muchas gestorías de barrio y varias gestorías online; la diferencia está en esas cuatro respuestas, no solo en la cuota.

    Gestoría onlineGestoría de barrioLegislae
    Quién revisaUn equipo que rotaUn gestorUn abogado colegiado (ICAM n.º 85230) y asesor fiscal
    Atención en personaNoSíSí, a 5 km, y también a distancia
    Fiscal, contable y laboralSegún el planA veces por separadoTodo en el mismo despacho
    Requerimientos e inspeccionesSe cobran aparteSegún el casoRespuesta y, si hace falta, recurso hasta los tribunales
    Impuestos municipales de LeganésNo suelen entrarA vecesCalendario, revisión y recursos

    Llevamos desde 2010 atendiendo a autónomos y empresas del sur de Madrid desde la Plaza de la Albufera de Fuenlabrada. Conoce al equipo en quiénes somos.

    ¿Qué errores vemos más en autónomos y pymes de Leganés?

    Casi todos los problemas con Hacienda o con la Seguridad Social que nos llegan empiezan con un error pequeño que se repite durante años: un gasto que no era deducible, un IVA mal aplicado, un convenio equivocado o un modelo que nadie presentó. Corregirlo antes del requerimiento cuesta un recargo; después, una sanción.

    1. Deducir gastos personales como si fueran del negocio: el coche familiar, comidas sin relación con clientes o la vivienda entera.
    2. Olvidar el 111 o el 115: si pagas a un profesional con retención o alquilas un local, tienes que ingresar la retención cada trimestre.
    3. Aplicar mal el convenio colectivo en las nóminas: categorías, pluses o antigüedad que no corresponden acaban en reclamaciones de cantidad.
    4. Facturar con el tipo de IVA equivocado: la diferencia la paga tu empresa, no el cliente.
    5. Retirar dinero de la SL sin documentarlo: Hacienda puede tratarlo como sueldo o como dividendo y regularizar en los dos impuestos.
    6. No abrir las notificaciones electrónicas: a los diez días se dan por notificadas y los plazos corren igual.
    7. Olvidar los recibos municipales de la sociedad (circulación, IBI de la nave, tasa de basura): la vía de apremio añade recargos del 5 al 20 %.

    Si crees que alguno te afecta, revisamos tus últimos cuatro años y te decimos si conviene regularizar por tu cuenta.

    ¿Cuánto cuesta una asesoría en Leganés?

    Los autónomos parten de 55 € al mes (85 € en estimación directa) y las sociedades con contabilidad, IVA e Impuesto sobre Sociedades, de 150 € al mes; 229 € si tienen trabajadores y 79 € si están sin actividad. Constituir una SL, desde 350 €. El precio se cierra por escrito, sin permanencia.

    PerfilDesdeIncluye
    Autónomo (módulos o pocas facturas)55 €/mesTrimestres, resúmenes anuales y renta de la actividad
    Autónomo en estimación directa85 €/mesLo anterior más libros registro y revisión de gastos
    Sociedad con actividad150 €/mesContabilidad, IVA, retenciones, Impuesto sobre Sociedades y cuentas anuales
    Solo contabilidad de la sociedad130 €/mesContabilidad, cierre y cuentas anuales
    Sociedad con trabajadores229 €/mesLo anterior más nóminas y seguros sociales
    Sociedad sin actividad79 €/mesDeclaraciones obligatorias y cuentas anuales
    Constitución de una SLDesde 350 €Denominación, escritura, NIF, inscripción y altas

    Desconfía de las cuotas muy bajas que cobran aparte cada requerimiento, cada alta de trabajador o la renta. Antes de contratar, pregunta qué incluye la cuota, quién firma y quién te defiende si llega una inspección.

    ¿Qué dicen nuestros clientes?

    La ficha de Google de la asesoría tiene una valoración de 4,9 con 12 reseñas. Estas son tres de ellas, copiadas tal cual; puedes leer todas en Google.

    «Llevo años confiando en grupo Legislae para gestionar tanto mis asuntos personales como los de la empresa, y no puedo estar más satisfecha. Destacaría, por encima de todo, el trato cercano y la tranquilidad que transmiten. Mención especial a Juan Miguel, un auténtico referente como abogado.»

    Patricia Alonso · Reseña en Google

    «Si lo que buscas es una gestoría dinámica, efectiva y de confianza, os recomiendo a Legislae Consulting 100%. Contacté con ellos por un problema con unos impuestos como autónomo y gracias al equipo por su cercanía, asesoramiento y gran profesionalidad. Enhorabuena a Patricia, mi gestora.»

    Jesús Rodríguez · Reseña en Google

    «Patricia es muy profesional, atenta, me ha resuelto todo tipo de dudas que he tenido. Tengo total confianza en ella.»

    Susana Velázquez · Reseña en Google

    Algunos asuntos reales que hemos llevado, anonimizados: un expediente sancionador de consumo a un mayorista, una comprobación del IVA de vehículos usados recurrida ante el TEAR, una tercería de dominio frente a un embargo de Hacienda y un recurso por notificaciones electrónicas del modelo 111.

    ¿Atendéis también los municipios de alrededor de Leganés?

    Sí. Desde Fuenlabrada atendemos todo el sur de Madrid. Si tu negocio está en otro municipio o tienes local en uno y domicilio en otro, estas páginas tienen sus oficinas y particularidades.

    El servicio en Leganés

    Sí. El despacho está en la Plaza de la Albufera, 3, Local 3, en Fuenlabrada, a 5 km de Leganés por carretera, y atendemos con cita previa. Si lo prefieres, todo el servicio se hace por correo, WhatsApp y videollamada, sin que tengas que desplazarte.

    En Legislae, desde 55 € al mes para autónomos en módulos o con pocas facturas y 85 € en estimación directa. Incluye los trimestres, los resúmenes anuales y la renta de la actividad. El precio se cierra por escrito según tu volumen, sin permanencia.

    Desde 150 € al mes con contabilidad, IVA, retenciones, Impuesto sobre Sociedades y cuentas anuales; 130 € si solo necesitas la contabilidad; 229 € si la sociedad tiene trabajadores y 79 € si está sin actividad. Constituir la sociedad, desde 350 €.

    La gestoría presenta los modelos con los datos que le das; la asesoría, además, revisa si cada gasto es deducible, elige el régimen que menos te cuesta y te defiende si Hacienda pregunta. En Legislae lo hacemos todo, y al frente hay un abogado colegiado.

    Sí, en cualquier momento y sin coste. Pedimos a tu asesoría anterior los modelos presentados y la contabilidad, revisamos lo declarado y asumimos el siguiente trimestre sin perder ningún plazo.

    El DNI o NIF, el certificado digital (o un apoderamiento a nuestro favor en la Agencia Tributaria), las últimas declaraciones, el alta censal (modelo 036), las facturas del trimestre en curso y los extractos del banco. Si tienes trabajadores, también los contratos y las últimas nóminas.

    Sí: contratos, altas y bajas, nóminas, seguros sociales, finiquitos e incapacidades, con el convenio colectivo que corresponda a tu actividad. Los despidos de quien trabaja en Leganés se juzgan en Madrid, y si hay conflicto el mismo despacho tiene abogados laboralistas.

    Sí. Hacemos la renta de particulares con las deducciones de la Comunidad de Madrid y nos ocupamos de las operaciones que más dinero mueven en una familia: vender una vivienda, alquilar un piso o recibir una herencia.

    No es necesario. La mayoría de los clientes de Leganés trabaja con nosotros a distancia: nos envían la documentación por correo o WhatsApp y firmamos las presentaciones con su autorización. Si prefieres venir, estamos a unos 5 minutos en coche.

    No. El servicio es mensual y puedes dejarlo cuando quieras; solo te pedimos que nos avises antes de que empiece el plazo del siguiente trimestre para entregarte la documentación ordenada.

    Hacienda, Ayuntamiento y organismos de Leganés

    La Administración de la Agencia Tributaria de Leganés está en la plaza de la Comunidad de Madrid, 4, junto a los juzgados. Se atiende con cita previa, que se pide en la web de la Agencia Tributaria o por teléfono; casi todos los trámites se pueden hacer ya por internet.

    En dos plazos: el primero del 22 de mayo al 23 de julio y el segundo del 16 de octubre al 17 de diciembre de 2026. Los inmuebles rústicos se pagan en el segundo plazo. Son las fechas del calendario fiscal publicado en el BOCM el 23/12/2025.

    Del 16 de septiembre al 17 de noviembre de 2026, en el mismo plazo que la tasa de basura de los establecimientos industriales, comerciales y profesionales. Solo pagan IAE las sociedades con una cifra de negocios de 1 millón de euros o más.

    No. Las personas físicas están exentas del IAE (art. 82.1.c de la Ley de Haciendas Locales), aunque tienen que darse de alta en el epígrafe que corresponde a su actividad con el modelo 036. Lo que sí pagan los locales es la tasa de basura del Ayuntamiento.

    Del 15 de abril al 16 de junio de 2026. Afecta a los vehículos de la empresa y a los tuyos: si el coche está a nombre de la sociedad, el recibo llega a la sociedad y es un gasto deducible de la actividad.

    Leganés es partido judicial propio: los asuntos civiles, las reclamaciones de deudas y los penales van al Tribunal de Instancia de Leganés, en la plaza de la Comunidad de Madrid, 5. Los despidos y reclamaciones laborales van a la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en la calle Princesa, 3, después de la conciliación en el SMAC.

    En el Registro Mercantil de Madrid, que es el que corresponde a todas las sociedades con domicilio en la Comunidad de Madrid. Allí se depositan también las cuentas anuales cada año, en el mes siguiente a su aprobación.

    Para nuevos autónomos de toda la Comunidad de Madrid está la Tarifa Cero, que cubre la cuota reducida del primer año, además de la tarifa plana estatal. Las ayudas cambian con cada convocatoria: antes de darte de alta revisamos cuáles están abiertas y si cumples los requisitos.

    Según el último Directorio Central de Empresas del INE, Leganés tiene 9.301 empresas activas: 3.460 de comercio, transporte y hostelería, 1.456 de construcción, 1.360 de actividades profesionales y administrativas y 404 industriales, entre otras.

    195.734 habitantes a 1 de enero de 2025, según el INE. Es uno de los municipios más poblados de la Comunidad de Madrid y, con Getafe, Fuenlabrada, Alcorcón y Móstoles, forma el núcleo económico del sur de la región.

    Impuestos de autónomos y sociedades

    En los veinte primeros días del mes siguiente al trimestre: del 1 al 20 de abril, de julio y de octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre. Si domicilias el pago, el plazo acaba antes, normalmente el día 15.

    Si lo presentas antes de que Hacienda te lo pida, no hay sanción: pagas un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, hasta el 15 % pasados doce meses, con intereses desde entonces (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si esperas al requerimiento, puede haber sanción.

    Depende del beneficio, de si necesitas limitar tu responsabilidad y de lo que vas a retirar del negocio. Como orientación, con un beneficio estable de unos 40.000-50.000 € al año la SL suele empezar a compensar. Lo calculamos con tus números antes de decidir.

    Desde 1 euro, desde la Ley 18/2022. Mientras el capital no llegue a 3.000 €, la sociedad debe destinar a reserva legal al menos el 20 % del beneficio y, si se liquida sin patrimonio suficiente, los socios responden de forma solidaria hasta esa cifra.

    No. Desde el Real Decreto 103/2019, el personal investigador predoctoral en formación tiene un contrato laboral y su sueldo tributa como rendimiento del trabajo, con retención. Solo están exentas las becas que cumplen el art. 7.j de la Ley del IRPF, que no tienen contraprestación laboral.

    La asistencia sanitaria a personas que prestan los médicos y otros profesionales sanitarios está exenta de IVA (art. 20.Uno.3.º de la Ley del IVA). Los tratamientos con fin estético y no terapéutico sí llevan IVA. Si haces las dos cosas, se aplica la prorrata en el IVA de tus compras.

    Sí, si no supera los límites prorrogados para 2026: 250.000 € de ingresos y 250.000 € de compras. Antes de cada diciembre conviene simular si te sale mejor seguir en módulos o pasar a estimación directa, porque la renuncia obliga durante tres años.

    El 10 % en todo lo que se sirve para consumir en el local, incluidas las bebidas alcohólicas (art. 91.Uno.2.9.º de la Ley del IVA). Van al 21 % el tabaco y las bebidas alcohólicas y los refrescos con azúcar vendidos para llevar.

    No lo dejes pasar: el plazo habitual para contestar es de diez días hábiles desde que abres la notificación, o desde que se da por notificada si no la abres. Envíanoslo, revisamos qué pide y contestamos por la sede electrónica con la documentación justa.

    En general, sí: el 19 % de cada recibo, que ingresas con el modelo 115 cada trimestre y resumes en el 180 en enero. No se retiene si el alquiler anual que pagas a ese propietario no pasa de 900 € o si el propietario acredita que alquilar es su actividad empresarial con los requisitos del Reglamento del IRPF.

    Sí, el 21 %, que el inquilino deduce en su declaración de IVA. Solo el alquiler de vivienda está exento (art. 20.Uno.23.º de la Ley del IVA). Si el propietario no te lo repercute en la factura, pídele que la rectifique.

    Con la documentación preparada, entre una y dos semanas: certificado de denominación, firma ante notario, NIF e inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Por la vía telemática (CIRCE) los plazos legales de cada paso son más cortos, pero la sociedad necesita estar inscrita para tener el NIF definitivo.

    Pasado el periodo voluntario, la deuda entra en vía de apremio: recargo del 5 % si la pagas antes de recibir la providencia, del 10 % si la pagas en el plazo que esta fija y del 20 % más intereses después (art. 28 de la Ley General Tributaria). Se puede pedir aplazamiento.

    Se liquidan cada mes y se pagan hasta el último día hábil del mes siguiente al de las nóminas, normalmente por domiciliación a través del Sistema RED. Si se pagan tarde hay un recargo del 10 % al 35 %, según si las liquidaciones se presentaron en plazo y cuánto se tarde en pagar (art. 30 de la Ley General de la Seguridad Social).

    Sí, en cualquier empresa con trabajadores, sea del tamaño que sea: hay que registrar cada día la hora de entrada y de salida de cada persona y conservar los registros cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores). La Inspección de Trabajo lo revisa en casi todas las visitas.

    Sí. Desde el primer trabajador hay que evaluar los riesgos del puesto, planificar la prevención y formar al trabajador (Ley 31/1995). En empresas pequeñas lo habitual es contratarlo con un servicio de prevención ajeno; en algunos casos el propio empresario puede asumirlo.

    El del sector de tu actividad principal en el ámbito de Madrid o, si existe, el estatal; si la empresa tiene convenio propio, ese. Equivocarse de convenio cambia salarios, pluses y jornada, y es la causa más frecuente de reclamaciones de cantidad. Lo comprobamos antes de la primera nómina.

    La declaración anual de operaciones con terceros: autónomos y sociedades informan en febrero de los clientes y proveedores con los que han superado 3.005,06 € en el año, IVA incluido. No la presentan quienes llevan el Suministro Inmediato de Información (SII).