Asesoría y gestoría en Leganés para autónomos y pymes: impuestos, contabilidad y nóminas
En resumen
- Para quién: autónomos, sociedades y particulares de Leganés, desde nuestro despacho de Fuenlabrada, a 5 km por carretera, o a distancia.
- Hacienda en Leganés: Administración de la Agencia Tributaria en la plaza de la Comunidad de Madrid, 4, con cita previa.
- Impuestos municipales 2026: IAE y tasa de basura de locales del 16/09 al 17/11; IBI del 22/05 al 23/07 y del 16/10 al 17/12; circulación del 15/04 al 16/06.
- Trimestres (303 y 130): del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.
- Precio: autónomos desde 55 € al mes, sociedades desde 150 €, con un abogado colegiado al frente y sin permanencia.
¿Qué hace nuestra asesoría por un negocio de Leganés?
Llevamos todo lo que un autónomo o una pyme de Leganés tiene que presentar a Hacienda, a la Seguridad Social y al Ayuntamiento: impuestos trimestrales y anuales, contabilidad, nóminas y altas. Revisamos cada factura antes de presentar, te avisamos de los plazos y, si llega un requerimiento, te defiende el mismo despacho.
Fiscal
IVA (303 y 390), IRPF del autónomo (130 o 131), retenciones (111, 115, 190), Impuesto sobre Sociedades (202 y 200) y declaración de la renta.
Contabilidad
Libros registro del autónomo o contabilidad completa de la sociedad, cierre del ejercicio, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil de Madrid.
Laboral y nóminas
Contratos, altas y bajas, nóminas, seguros sociales, finiquitos, incapacidades e inspecciones de trabajo, con el convenio de tu sector.
Gestoría para autónomos
Alta en Hacienda y en la Seguridad Social, elección del epígrafe y del régimen, tarifa plana y ayudas, y cambios o bajas de actividad.
Sociedades
Constitución de la SL (desde 350 €), estatutos, cambios de administrador o de domicilio, ampliaciones de capital, disolución y liquidación.
Defensa ante Hacienda
Requerimientos, comprobaciones, inspecciones, sanciones, aplazamientos y recursos ante el TEAR y los tribunales, con abogado colegiado.
Cada área tiene su guía con todo el detalle: asesoría fiscal, asesoría contable, asesoría laboral y gestoría para autónomos. Están escritas para Fuenlabrada, donde está el despacho, pero las normas fiscales y laborales son las mismas en Leganés; lo que cambia, el Ayuntamiento y las oficinas, lo tienes en esta página.
Si además del asesor necesitas un abogado (un despido, una reclamación de deuda, una herencia), el despacho de abogados del grupo atiende también Leganés: abogados en Leganés.
Calculadora: ¿cuánto pagarás este trimestre de IVA (303) e IRPF (130)?
Introduce lo que has facturado y gastado este trimestre y en lo que va de año. Te calculamos el resultado del modelo 303 de IVA y del modelo 130 de IRPF, la reducción de hasta 100 € para rendimientos bajos y la fecha límite para presentarlos. Es la misma cuenta que hacemos cada trimestre con nuestros clientes de Leganés.
Orientativo. El 130 sigue el art. 110 del Reglamento del IRPF: 20 % del rendimiento neto acumulado, menos pagos anteriores y retenciones, con la minoración de 100, 75, 50 o 25 € si el rendimiento del año anterior no pasó de 9.000, 10.000, 11.000 o 12.000 €. No incluye la deducción por vivienda habitual ni el recargo de equivalencia. Si el último día es festivo, el plazo pasa al siguiente hábil.
¿Te sale mucho a pagar? Revisa si estás deduciendo todo lo que puedes en nuestra guía del modelo 130 paso a paso y en la del modelo 303 de IVA.
Si el resultado te parece alto, lo normal es que falte algún gasto deducible o que el IVA de alguna factura no esté bien aplicado. Lo revisamos gratis: mándanos los datos y te decimos si se puede ajustar antes de presentar.
¿Qué impuestos paga un negocio de Leganés y cuándo, en 2026?
A Hacienda, cada trimestre: IVA, IRPF y retenciones, del 1 al 20 de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Al Ayuntamiento de Leganés, una vez al año y en fechas fijas: el impuesto de circulación en primavera, el IBI en dos plazos, y el IAE y la tasa de basura de los locales en otoño.
Impuestos y tasas del Ayuntamiento de Leganés en 2026
Fechas del calendario fiscal de 2026, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 2 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 23 de diciembre de 2025 (BOCM-20251223-65):
| Periodo voluntario de pago | Tributo municipal | A quién afecta |
|---|---|---|
| 13 de marzo - 14 de mayo | Veladores (terrazas), entrada de vehículos (vados), cajeros y mostradores a la calle, quioscos y mercadillos (1.er plazo) | Bares con terraza, comercios con vado o puesto |
| 15 de abril - 16 de junio | Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (circulación) | Titulares de vehículos, también las empresas |
| 22 de mayo - 23 de julio | IBI urbano y de características especiales (1.er plazo) | Propietarios de locales, naves y viviendas |
| 16 de septiembre - 17 de noviembre | Impuesto sobre actividades económicas (IAE) | Sociedades con cifra de negocios de 1 millón o más |
| 16 de septiembre - 17 de noviembre | Tasa de recogida de basura de establecimientos industriales, comerciales y profesionales | Locales y naves con actividad |
| 16 de octubre - 17 de diciembre | IBI urbano y de características especiales (2.º plazo) e IBI rústico | Propietarios |
| 16 de octubre - 17 de diciembre | Quioscos y mercadillos (2.º plazo) y canon de aparcamientos en concesión | Titulares de puestos y concesiones |
Impuestos de la Agencia Tributaria: lo que queda de 2026 y enero de 2027
| Plazo | Qué se presenta | Quién |
|---|---|---|
| 1-20 de octubre de 2026 | 303 y 130/131 del tercer trimestre; 111 y 115; segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202) | Autónomos y sociedades |
| 1-20 de diciembre de 2026 | Tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202) | Sociedades |
| 1-20 de enero de 2027 | 111 y 115 del cuarto trimestre | Quien tenga trabajadores, pague a profesionales o alquile un local |
| 1-30 de enero de 2027 | 303 y 130/131 del cuarto trimestre; resumen anual del IVA (390); resúmenes 190 y 180 | Autónomos y sociedades |
| Febrero de 2027 | Operaciones con terceros de más de 3.005,06 € (347) | Autónomos y sociedades que no lleven el SII |
| 1-25 de julio de 2027 | Impuesto sobre Sociedades de 2026 (modelo 200), con cierre a 31 de diciembre | Sociedades |
Nuestros clientes no tienen que llevar este calendario: les avisamos de cada plazo, les pedimos la documentación con tiempo y les mandamos el resultado antes de presentar. Si domicilias los recibos municipales, el Ayuntamiento los carga en las fechas que fija para cada impuesto.
¿Dónde se hacen los trámites de un negocio de Leganés?
Casi todo se hace ya por internet, con certificado digital o con un apoderamiento a tu asesoría. Cuando hay que ir en persona, Hacienda y los juzgados de Leganés están juntos, en la plaza de la Comunidad de Madrid; las sociedades se inscriben en el Registro Mercantil de Madrid, y los despidos se juzgan en Madrid capital.
| Organismo | Para qué | Dónde |
|---|---|---|
| Agencia Tributaria, Administración de Leganés | Alta censal, notificaciones, certificados, cita para dudas | Plaza de la Comunidad de Madrid, 4 (cita previa) |
| Tesorería General de la Seguridad Social | Alta en el RETA, alta de trabajadores, aplazamientos | Por Import@ss y el Sistema RED; presencial con cita previa |
| Ayuntamiento de Leganés | IBI, IAE, circulación, tasa de basura, licencias de actividad y obras | Sede electrónica municipal y oficinas de atención con cita |
| Registro Mercantil de Madrid | Inscribir la sociedad, legalizar libros, depositar cuentas | Presentación telemática |
| Tribunal de Instancia de Leganés | Reclamaciones de deudas, conflictos civiles y mercantiles con particulares, asuntos penales | Plaza de la Comunidad de Madrid, 5 |
| Sección de lo Social de Madrid y SMAC | Despidos y reclamaciones laborales (antes, conciliación en el SMAC) | Calle Princesa, 3, Madrid |
| Legislae Consulting | Todo lo anterior, en tu nombre | Plaza de la Albufera, 3, Local 3, Fuenlabrada (5 km) |
La Agencia Tributaria de Leganés queda a unos 240 metros de la estación de Casa del Reloj de MetroSur. Si te llega una cita o una notificación y no sabes qué hacer, envíanosla antes de ir: muchas veces se resuelve por la sede electrónica sin desplazarse. Tienes más detalle sobre cómo pedir cita en nuestra guía de oficinas de Hacienda y Seguridad Social.
¿Tiene que pagar IAE y tasas municipales tu negocio en Leganés?
El IAE solo lo pagan las sociedades con una cifra de negocios de 1 millón de euros o más; los autónomos están exentos, y las empresas nuevas también durante sus dos primeros años. Lo que sí paga casi cualquier local con actividad en Leganés es la tasa de basura de establecimientos, y la terraza o el vado si los tienes.
| Situación | ¿Paga IAE? | Norma |
|---|---|---|
| Autónomo (persona física) | No, pero se da de alta en su epígrafe con el modelo 036 | Art. 82.1.c TRLHL |
| Sociedad en sus dos primeros periodos de actividad | No | Art. 82.1.b TRLHL |
| Sociedad con cifra de negocios inferior a 1.000.000 € | No | Art. 82.1.c TRLHL |
| Sociedad con cifra de negocios de 1.000.000 € o más | Sí: cuota según la tarifa, el coeficiente de ponderación y el de situación que fija el Ayuntamiento | Arts. 85-87 TRLHL |
La cifra de negocios que cuenta es la del penúltimo año: para el IAE de 2026, la de 2024. Si tu sociedad cruza el millón, el alta en la matrícula del impuesto se hace con el modelo 840, y a partir de ahí el recibo llega cada otoño. El epígrafe que elijas tiene efectos más allá del IAE (retenciones, IVA, módulos); lo explicamos en cómo elegir el epígrafe del IAE.
Antes de abrir un local en Leganés
- Licencia o declaración responsable de actividad ante el Ayuntamiento de Leganés, según la actividad y el local. Antes de firmar el alquiler conviene comprobar que el uso está permitido en esa calle.
- Tasa de basura de establecimientos, que llega cada año en otoño.
- Terraza o vado: si el bar pone veladores o el local necesita entrada de vehículos, se pagan en primavera.
- IBI si el local o la nave son tuyos, en dos plazos. Si eres inquilino, revisa si el contrato te lo repercute.
Si vas a comprar un negocio ya abierto, revisa también el cambio de titularidad y las deudas que arrastra: lo contamos en traspaso de negocio.
¿Cómo es el tejido empresarial de Leganés?
Leganés tiene 195.734 habitantes (INE, 1 de enero de 2025) y 9.301 empresas activas según el Directorio Central de Empresas del INE. Predominan el comercio, el transporte y la hostelería, con mucha construcción y servicios profesionales, y una industria que se concentra en sus polígonos y en el parque tecnológico.
| Sector (DIRCE, INE) | Empresas activas | Peso |
|---|---|---|
| Comercio, transporte y hostelería | 3.460 | 37 % |
| Construcción | 1.456 | 16 % |
| Actividades profesionales, científicas y administrativas | 1.360 | 15 % |
| Industria | 404 | 4 % |
| Resto de servicios (información, finanzas, inmobiliarias, educación, sanidad y otros) | 2.621 | 28 % |
| Total | 9.301 | 100 % |
Sobre ese mapa hay cuatro polos que generan buena parte de la actividad: los polígonos industriales de Nuestra Señora de Butarque y Prado Overa; el parque Leganés Tecnológico; el campus de la Universidad Carlos III, y el Hospital Universitario Severo Ochoa, alrededor del cual han crecido consultas, clínicas y servicios sanitarios privados. El comercio y la hostelería se reparten por los barrios: Zarzaquemada, San Nicasio, La Fortuna, El Carrascal, Leganés Norte, Arroyo Culebro y el centro.
Cada uno de esos perfiles tiene preguntas fiscales y laborales distintas, y por eso no sirve una asesoría «de plantilla». Lo vemos por sectores.
¿Qué necesita cada tipo de negocio de Leganés?
Un bar de Zarzaquemada, una empresa de logística de Prado Overa, una clínica junto al Severo Ochoa y un investigador de la Carlos III pagan impuestos distintos. Estos son los puntos que más revisamos en cada caso.
Comercio y hostelería de barrio
- Bares y restaurantes: módulos o estimación directa (límites prorrogados para 2026 de 250.000 € de ingresos y de compras), IVA del 10 % en lo que se consume en el local, control de caja y la adaptación a Verifactu. Todo en nuestra guía de gestoría para hostelería, con calculadora de módulos.
- Tiendas: si vendes al por menor sin transformar el producto estás en el recargo de equivalencia; no presentas el 303, pero tu proveedor te cobra el recargo. Te explicamos cuándo conviene en recargo de equivalencia.
- Terrazas y vados: tasas municipales que se pagan entre marzo y mayo y que hay que dejar previstas en la tesorería de primavera.
Industria, logística y construcción de los polígonos
- Nóminas con convenio: cada actividad tiene el suyo (metal, transporte, construcción, comercio), con tablas, pluses y antigüedad distintos. Un error de convenio es la causa más frecuente de reclamaciones de cantidad.
- Contratos: desde la reforma laboral, la temporalidad está muy limitada; para picos de trabajo que se repiten cada año, el fijo discontinuo (art. 16 del Estatuto de los Trabajadores).
- Construcción: inversión del sujeto pasivo en el IVA cuando trabajas como subcontratista en obras de urbanización o rehabilitación (art. 84.Uno.2.º.f de la Ley del IVA) y retenciones bien aplicadas.
- Comercio con la Unión Europea: alta en el ROI y modelo 349 si compras o vendes a empresas de otros países de la UE.
Clínicas y profesionales sanitarios
- IVA: la asistencia sanitaria a personas está exenta (art. 20.Uno.3.º de la Ley del IVA); los tratamientos estéticos sin fin terapéutico no. Si haces las dos cosas, se aplica la prorrata.
- IRPF: si facturas a otras clínicas o aseguradoras, te retienen el 15 % (el 7 % los tres primeros años de actividad) y eso reduce o anula el modelo 130.
- Sociedad profesional: si os juntáis varios profesionales, la sociedad debe inscribirse como sociedad profesional cuando presta la actividad colegiada (Ley 2/2007).
Universidad, tecnología y nuevas empresas
- Personal investigador: el contrato predoctoral es laboral desde el Real Decreto 103/2019 y tributa como rendimiento del trabajo; solo están exentas las becas del art. 7.j de la Ley del IRPF. Si además das clases o consultoría por tu cuenta, eso ya es actividad económica.
- Empresas de base tecnológica: SL con capital desde 1 €, pacto de socios desde el principio, y el tipo del 15 % en el Impuesto sobre Sociedades durante los dos primeros ejercicios con beneficio (art. 29.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades).
- Profesionales en remoto: muchos vecinos de Leganés trabajan como autónomos para empresas de Madrid. Revisamos qué parte de la vivienda y de los suministros pueden deducir, y si les conviene seguir como autónomos o facturar con una sociedad.
¿Qué hay que hacer para contratar al primer trabajador en Leganés?
Antes de que empiece a trabajar: inscribir la empresa en la Seguridad Social, dar de alta al trabajador, firmar el contrato y comunicarlo, y tener contratada la prevención de riesgos laborales. Después, cada mes, nómina y seguros sociales, y cada trimestre, la retención del IRPF en el modelo 111.
- Inscripción de la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social y código de cuenta de cotización, la primera vez que contratas.
- Alta del trabajador antes de que empiece, nunca el mismo día después de empezar: el alta tardía es infracción aunque se haga horas después.
- Contrato por escrito y comunicación al servicio público de empleo en los diez días siguientes, a través de Contrat@.
- Convenio colectivo de tu actividad: fija el salario mínimo de cada categoría, los pluses y la jornada. Nunca por debajo del salario mínimo interprofesional.
- Prevención de riesgos: evaluación de riesgos y plan de prevención, normalmente con un servicio de prevención ajeno, y formación e información al trabajador (Ley 31/1995).
- Registro de jornada diario, con hora de entrada y de salida, conservado cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
- Cada mes: nómina y seguros sociales, que se pagan el último día hábil del mes siguiente. Cada trimestre: modelo 111 con las retenciones.
Si el trabajador viene del paro o pertenece a un colectivo con ayudas, revisamos antes de contratar si hay bonificación en la cuota: están todas en bonificaciones por contratación en 2026. Y si tienes que despedir, el despido se juzga en Madrid, en la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia, después de la conciliación en el SMAC; el plazo del trabajador para reclamar es de 20 días hábiles. El detalle de nóminas, contratos y despidos está en la asesoría laboral.
¿Revisamos tu caso?
Diagnóstico gratuito: miramos tus últimas declaraciones, te decimos qué se puede mejorar y te damos un precio cerrado.
605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com¿Qué impuestos paga un negocio que alquila o compra un local en Leganés?
Si alquilas un local o una nave, pagas el alquiler con un 21 % de IVA y, en general, retienes un 19 % que ingresas cada trimestre con el modelo 115. Si lo compras, el impuesto depende de quién te lo vende: IVA si es una promotora o una empresa, o el Impuesto de Transmisiones si es un particular.
Si alquilas el local
- IVA: el alquiler de locales y naves lleva el 21 %; solo el de vivienda está exento (art. 20.Uno.23.º de la Ley del IVA). Ese IVA lo deduces en tu 303.
- Retención del 19 %: la descuentas de cada recibo y la ingresas con el modelo 115 cada trimestre, con el resumen anual 180 en enero (art. 100 del Reglamento del IRPF). Es uno de los olvidos más caros, porque se acumula mes a mes.
- Fianza: en un local, al menos dos mensualidades (art. 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos); en la Comunidad de Madrid el propietario debe depositarla en el organismo autonómico.
- IBI y basura: el contrato puede repercutirte el IBI del local; la tasa de basura de establecimientos llega a quien ejerce la actividad.
- Gasto deducible: el alquiler, la comunidad y los suministros del local son gasto de la actividad en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades.
Si compras, vendes o heredas un inmueble
| Operación | Impuesto principal | Lo que conviene revisar |
|---|---|---|
| Compra de un local o una nave a un particular | Transmisiones Patrimoniales de la Comunidad de Madrid | Si el vendedor es empresario, si conviene renunciar a la exención del IVA (art. 20.Dos de la Ley del IVA) |
| Compra a una empresa o una promotora | IVA del 21 % y Actos Jurídicos Documentados | Que el IVA soportado se pueda deducir en tu actividad |
| Venta de un inmueble del negocio | IRPF o Impuesto sobre Sociedades por la ganancia, y plusvalía municipal | Las amortizaciones acumuladas y el método de la plusvalía que salga más barato |
| Herencia o donación de padres a hijos | Sucesiones o Donaciones, con la bonificación del 99 % de la Comunidad de Madrid | El plazo de seis meses en herencias y la plusvalía al Ayuntamiento de Leganés |
La plusvalía municipal no se paga si demuestras con las escrituras que no hubo ganancia, y puedes elegir entre el método objetivo y la ganancia real (arts. 104.5 y 107.5 de la Ley de Haciendas Locales). Tienes ejemplos con números en donación de padres a hijos en Madrid y en vender un piso heredado.
¿Cómo empezar un negocio en Leganés: autónomo o sociedad?
Como autónomo, el alta se hace en unos días: alta censal en Hacienda con el modelo 036 y alta en la Seguridad Social antes de empezar. Una SL lleva una o dos semanas: nombre, cuenta, escritura ante notario, NIF e inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Elegir bien desde el principio ahorra impuestos y problemas.
Si empiezas como autónomo
- Alta censal en la Agencia Tributaria con el modelo 036 (el 037 desapareció en 2025): epígrafe del IAE, régimen de IVA y de IRPF y fecha de inicio.
- Alta en el RETA en la Seguridad Social, hasta el mismo día en que empiezas la actividad, con la base de cotización que corresponde a tus rendimientos previstos.
- Tarifa plana y ayudas: cuota reducida estatal y, en la Comunidad de Madrid, la Tarifa Cero para nuevos autónomos. Lo revisamos antes del alta porque algunas exigen pedirse en un plazo concreto.
- Licencia o declaración responsable del local en el Ayuntamiento de Leganés, si vas a abrir al público.
- Facturación desde el primer día con los requisitos legales, y la adaptación a Verifactu cuando sea obligatoria.
Paso a paso y con plazos en alta de autónomo y, sobre las ayudas, en ayudas para autónomos y empresas.
Si creas una sociedad
- Certificado de denominación del Registro Mercantil Central.
- Capital: desde 1 €, aportado en dinero o en bienes.
- Escritura y estatutos ante notario; se puede hacer por la vía telemática (CIRCE) con estatutos tipo o con estatutos propios.
- NIF provisional y alta censal de la sociedad.
- Inscripción en el Registro Mercantil de Madrid y NIF definitivo.
- Alta del administrador en la Seguridad Social y, si hay trabajadores, inscripción de la empresa.
Lo tramitamos de principio a fin desde 350 €. Para decidir entre una forma y otra tienes ¿autónomo o SL?, constituir una SL por CIRCE y crear una empresa.
¿Cómo cambiar de asesoría si ya tienes una en Leganés?
Es más sencillo de lo que parece y no tiene coste: firmas la autorización, pedimos a tu asesoría anterior la documentación y los accesos, revisamos lo presentado en los últimos años y asumimos el siguiente trimestre. No se pierde ningún plazo ni tienes que volver a contar tu historia.
- Primera reunión, en el despacho o por videollamada: nos cuentas tu actividad y lo que no te ha funcionado.
- Presupuesto cerrado por escrito, según tu volumen.
- Traspaso: modelos presentados, libros o contabilidad, contratos y nóminas, y el apoderamiento en la Agencia Tributaria y en el Sistema RED.
- Revisión de los cuatro últimos años (el plazo de prescripción) y aviso de lo que convenga corregir con una complementaria antes de que lo detecte Hacienda.
- Primer trimestre con nosotros, con el resultado en tu correo antes de presentar.
Lo explicamos con más detalle en cómo cambiar de asesor fiscal sin problemas.
¿Cómo trabajamos contigo cada trimestre?
Con un método fijo y sin sorpresas: te pedimos la documentación al acabar el trimestre, la revisamos, te enviamos el resultado con lo que vas a pagar antes de presentarlo y lo presentamos dentro de plazo. Si algo no cuadra, te llamamos antes, no después.
- Día 1 del mes siguiente: te recordamos qué necesitamos (facturas emitidas y recibidas, extractos y tickets que quieras deducir).
- Antes del día 10: revisamos cada factura, comprobamos el IVA y las retenciones y te avisamos de lo que falta.
- Antes del día 15: te enviamos el resultado del 303, del 130 y del resto de modelos, con lo que vas a pagar y la fecha del cargo.
- Antes del día 20: presentamos y te mandamos los justificantes. En enero, también los resúmenes anuales.
Una vez al año, antes del 31 de diciembre, repasamos contigo cómo ha ido el ejercicio y qué se puede hacer todavía para reducir legalmente los impuestos: amortizaciones, gastos pendientes, reserva de capitalización en las sociedades o cómo cobra el administrador. Y te recordamos los recibos municipales de Leganés que vencen en otoño.
¿Cómo elegir una asesoría o gestoría en Leganés?
Fíjate en cuatro cosas: quién firma tus declaraciones, si te avisa antes de los plazos o solo presenta lo que le mandas, si el precio está cerrado por escrito y qué pasa cuando llega un requerimiento. En Leganés hay muchas gestorías de barrio y varias gestorías online; la diferencia está en esas cuatro respuestas, no solo en la cuota.
| Gestoría online | Gestoría de barrio | Legislae | |
|---|---|---|---|
| Quién revisa | Un equipo que rota | Un gestor | Un abogado colegiado (ICAM n.º 85230) y asesor fiscal |
| Atención en persona | No | Sí | Sí, a 5 km, y también a distancia |
| Fiscal, contable y laboral | Según el plan | A veces por separado | Todo en el mismo despacho |
| Requerimientos e inspecciones | Se cobran aparte | Según el caso | Respuesta y, si hace falta, recurso hasta los tribunales |
| Impuestos municipales de Leganés | No suelen entrar | A veces | Calendario, revisión y recursos |
Llevamos desde 2010 atendiendo a autónomos y empresas del sur de Madrid desde la Plaza de la Albufera de Fuenlabrada. Conoce al equipo en quiénes somos.
¿Qué errores vemos más en autónomos y pymes de Leganés?
Casi todos los problemas con Hacienda o con la Seguridad Social que nos llegan empiezan con un error pequeño que se repite durante años: un gasto que no era deducible, un IVA mal aplicado, un convenio equivocado o un modelo que nadie presentó. Corregirlo antes del requerimiento cuesta un recargo; después, una sanción.
- Deducir gastos personales como si fueran del negocio: el coche familiar, comidas sin relación con clientes o la vivienda entera.
- Olvidar el 111 o el 115: si pagas a un profesional con retención o alquilas un local, tienes que ingresar la retención cada trimestre.
- Aplicar mal el convenio colectivo en las nóminas: categorías, pluses o antigüedad que no corresponden acaban en reclamaciones de cantidad.
- Facturar con el tipo de IVA equivocado: la diferencia la paga tu empresa, no el cliente.
- Retirar dinero de la SL sin documentarlo: Hacienda puede tratarlo como sueldo o como dividendo y regularizar en los dos impuestos.
- No abrir las notificaciones electrónicas: a los diez días se dan por notificadas y los plazos corren igual.
- Olvidar los recibos municipales de la sociedad (circulación, IBI de la nave, tasa de basura): la vía de apremio añade recargos del 5 al 20 %.
Si crees que alguno te afecta, revisamos tus últimos cuatro años y te decimos si conviene regularizar por tu cuenta.
¿Cuánto cuesta una asesoría en Leganés?
Los autónomos parten de 55 € al mes (85 € en estimación directa) y las sociedades con contabilidad, IVA e Impuesto sobre Sociedades, de 150 € al mes; 229 € si tienen trabajadores y 79 € si están sin actividad. Constituir una SL, desde 350 €. El precio se cierra por escrito, sin permanencia.
| Perfil | Desde | Incluye |
|---|---|---|
| Autónomo (módulos o pocas facturas) | 55 €/mes | Trimestres, resúmenes anuales y renta de la actividad |
| Autónomo en estimación directa | 85 €/mes | Lo anterior más libros registro y revisión de gastos |
| Sociedad con actividad | 150 €/mes | Contabilidad, IVA, retenciones, Impuesto sobre Sociedades y cuentas anuales |
| Solo contabilidad de la sociedad | 130 €/mes | Contabilidad, cierre y cuentas anuales |
| Sociedad con trabajadores | 229 €/mes | Lo anterior más nóminas y seguros sociales |
| Sociedad sin actividad | 79 €/mes | Declaraciones obligatorias y cuentas anuales |
| Constitución de una SL | Desde 350 € | Denominación, escritura, NIF, inscripción y altas |
Desconfía de las cuotas muy bajas que cobran aparte cada requerimiento, cada alta de trabajador o la renta. Antes de contratar, pregunta qué incluye la cuota, quién firma y quién te defiende si llega una inspección.
¿Qué dicen nuestros clientes?
La ficha de Google de la asesoría tiene una valoración de 4,9 con 12 reseñas. Estas son tres de ellas, copiadas tal cual; puedes leer todas en Google.
«Llevo años confiando en grupo Legislae para gestionar tanto mis asuntos personales como los de la empresa, y no puedo estar más satisfecha. Destacaría, por encima de todo, el trato cercano y la tranquilidad que transmiten. Mención especial a Juan Miguel, un auténtico referente como abogado.»
Patricia Alonso · Reseña en Google
«Si lo que buscas es una gestoría dinámica, efectiva y de confianza, os recomiendo a Legislae Consulting 100%. Contacté con ellos por un problema con unos impuestos como autónomo y gracias al equipo por su cercanía, asesoramiento y gran profesionalidad. Enhorabuena a Patricia, mi gestora.»
Jesús Rodríguez · Reseña en Google
«Patricia es muy profesional, atenta, me ha resuelto todo tipo de dudas que he tenido. Tengo total confianza en ella.»
Susana Velázquez · Reseña en Google
Algunos asuntos reales que hemos llevado, anonimizados: un expediente sancionador de consumo a un mayorista, una comprobación del IVA de vehículos usados recurrida ante el TEAR, una tercería de dominio frente a un embargo de Hacienda y un recurso por notificaciones electrónicas del modelo 111.
¿Atendéis también los municipios de alrededor de Leganés?
Sí. Desde Fuenlabrada atendemos todo el sur de Madrid. Si tu negocio está en otro municipio o tienes local en uno y domicilio en otro, estas páginas tienen sus oficinas y particularidades.
- Asesoría en Fuenlabrada (donde está el despacho) · Getafe · Móstoles · Alcorcón
- Parla · Pinto · Humanes de Madrid · Madrid