Gestoría y asesoría en Madrid para autónomos y empresas

Actualizado el 14/10/2026 Juan Miguel Jiménez Cabrera Abogado ICAM nº 85230 Lectura: 30 min

En resumen

¿Qué hace nuestra gestoría y asesoría por una empresa de Madrid?

Llevamos lo fiscal, lo laboral y lo contable de autónomos y empresas de Madrid desde un solo despacho: impuestos trimestrales y anuales, nóminas y seguros sociales, contabilidad y cuentas anuales, altas, constitución de sociedades y la respuesta a Hacienda o a la Seguridad Social, con un abogado colegiado al frente.

Fiscal

IVA, IRPF, retenciones, Impuesto sobre Sociedades y la renta de los socios.

Laboral

Nóminas, contratos, seguros sociales, bajas y despidos.

Contable

Contabilidad mensual, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil.

Autónomos

Alta, cuota reducida, trimestres y paso a sociedad cuando conviene.

Tributos municipales

IBI, tasa de residuos, IAE, terrazas y planes de pago del Ayuntamiento.

Defensa

Requerimientos, inspecciones y recursos con abogado colegiado.

Si buscas la guía de un servicio concreto: gestoría para autónomos, asesoría laboral, asesoría contable y crear una empresa. Funcionan igual para Madrid capital.

Calculadora: ¿cuánto IBI pagas en Madrid en 2026 y cuánto ahorras a plazos?

Madrid aplica en 2026 un IBI del 0,414 % sobre el valor catastral, y del 0,985 % al 1,135 % a los inmuebles no residenciales de mayor valor. Pon el valor catastral de tu recibo y verás la cuota y lo que ahorras con el sistema especial de pago (3,25 %) o con el pago a la carta (hasta el 5 %).

–IBI 2026
–Ahorro con el sistema especial de pago (3,25 %)
–Ahorro con el pago a la carta (5 %)

    Orientativo, con la ordenanza del IBI de Madrid para 2026: tipo general del 0,414 % y tipos diferenciados para los inmuebles no residenciales que superan el umbral de su uso (solo se aplican al 10 % de mayor valor de cada uso, así que compruébalo en tu recibo). Bonificaciones del 3,25 % (sistema especial de pago) y del 5 % (pago a la carta, año completo), con un máximo de 70 € en el IBI y de 15 € en la tasa de residuos.

    ¿Cuándo se pagan los tributos municipales en Madrid en 2026?

    El impuesto de circulación, del 1 de abril al 1 de junio. El IBI, la nueva tasa de residuos, el IAE, las terrazas y las ocupaciones de la vía pública, del 1 de octubre al 30 de noviembre. Quien está en el sistema especial de pago adelanta el 65 % del IBI el 30 de junio, y quien tiene el pago a la carta lo paga en cuotas durante el año.

    FechaQué toca
    Antes del 1 de febreroPedir las bonificaciones del IAE por inicio de actividad o creación de empleo
    Antes del 1 de marzoPedir las reducciones de la tasa de residuos
    1 de abril - 1 de junioImpuesto de circulación
    Hasta el 30 de abrilAlta en el sistema especial de pago del IBI para ese año
    30 de junioPrimer plazo del sistema especial de pago (65 %)
    1 de octubre - 30 de noviembreIBI, tasa de residuos, IAE, terrazas y ocupación de la vía pública
    30 de noviembreSegundo plazo del sistema especial de pago
    Hasta el 10 de diciembrePedir el pago a la carta para que empiece en enero

    Fuente: portal del contribuyente del Ayuntamiento de Madrid (periodos de pago y novedades de las ordenanzas de 2026).

    ¿Qué cambia en 2026 en el IBI, la tasa de residuos, el IAE y el impuesto de circulación de Madrid?

    El IBI baja del 0,428 % al 0,414 %; llega la tasa de gestión de residuos, que se calcula por barrio y por número de residentes; el impuesto de circulación bonifica el 75 % a los CERO sin límite de años y a los ECO durante seis, de oficio; y el IAE mantiene sus bonificaciones por empezar una actividad y por crear empleo.

    TributoLo que hay que saber en 2026
    IBI0,414 % general; 0,985 % comercial de más de 860.000 € de valor catastral; 1,135 % oficinas de más de 2.040.000 €, industrial de más de 890.000 € y ocio y hostelería de más de 1.625.000 €
    Bonificaciones del IBIPlacas solares: 50 % cinco años; viviendas de protección oficial: 50 % tres años; establecimientos centenarios: 95 %; promotoras en obra: 90 %
    Tasa de residuosCuota según los residuos por persona del barrio y los residentes de la vivienda; reducciones rogadas antes del 1 de marzo; se puede pagar a la carta
    Impuesto de circulaciónCERO: 75 % indefinido. ECO: 75 % durante seis ejercicios. Se aplica de oficio
    IAEExentas las personas físicas y las empresas que facturan menos de un millón; bonificaciones por inicio de actividad y creación de empleo, pedidas antes del 1 de febrero

    Para un negocio con local, el IBI y la tasa de residuos suelen ir en el contrato de alquiler: revisa si el propietario te los repercute y con qué importe. El mismo análisis para otros municipios está en nuestras guías del IBI y del impuesto de circulación de Fuenlabrada.

    ¿Dónde están Hacienda, el Registro Mercantil y los juzgados en Madrid?

    La Agencia Tributaria tiene su Delegación Especial en la calle Guzmán el Bueno, 139, y administraciones repartidas por la ciudad. Las sociedades se inscriben en el Registro Mercantil de la Castellana, 44, y los despidos van a los juzgados de lo Social de la calle Princesa, 3, tras la conciliación en el SMAC. Casi todo se tramita por internet.

    OrganismoDirección
    Agencia Tributaria: Delegación Especial y Administración Guzmán el BuenoCalle Guzmán el Bueno, 139
    Administración MontalbánCalle Montalbán, 6
    Administración María de MolinaCalle Núñez de Balboa, 116
    Administración Madrid NorteCalle Fermín Caballero, 66
    Administración Madrid EsteCalle Pobladura del Valle, 15, y avenida de Vinateros, 51
    Administración Madrid SuroesteCalle Guareña, 20
    Registro Mercantil de MadridPaseo de la Castellana, 44
    Juzgados de lo MercantilCalle Gran Vía, 52
    Juzgados de lo Social y SMACCalle Princesa, 3 y 5

    Fuente: buscador de oficinas de la Agencia Tributaria. Las oficinas atienden con cita previa; nosotros presentamos tus declaraciones y escritos por la sede electrónica con tu apoderamiento.

    ¿Cómo es el tejido empresarial de Madrid?

    Madrid capital tiene 297.693 empresas activas según el último Directorio Central de Empresas del INE, unas 85 por cada mil habitantes. Las actividades profesionales, científicas y administrativas son el 27,9 %, y el comercio, el transporte y la hostelería, el 24,3 %.

    ActividadEmpresas%
    Profesionales, científicas, técnicas y administrativas83.01927,9 %
    Comercio, transporte y hostelería72.47424,3 %
    Educación, sanidad y servicios sociales31.65310,6 %
    Ocio y otros servicios29.1779,8 %
    Construcción25.4368,5 %
    Inmobiliarias24.2678,2 %
    Información y comunicaciones13.3834,5 %
    Financieras y de seguros10.7643,6 %
    Industria7.5202,5 %

    Fuente: INE, Directorio Central de Empresas, municipio de Madrid (3.506.730 habitantes según el padrón).

    ¿Qué tiene que saber un autónomo que empieza en Madrid?

    Que durante los primeros doce meses paga una cuota reducida a la Seguridad Social, prorrogable otros doce si sus rendimientos no superan el salario mínimo; que presenta el IVA y el IRPF cada trimestre; que no paga IAE si factura menos de un millón, y que la Comunidad de Madrid convoca ayudas para nuevos autónomos con condiciones que cambian cada año.

    1. Antes del alta: elegir el epígrafe del IAE y el régimen de IVA (general, recargo de equivalencia si es comercio minorista, o exento).
    2. Alta en Hacienda (modelo 036) y en la Seguridad Social el mismo día o antes de empezar.
    3. Cuota reducida de los nuevos autónomos (art. 38 ter de la Ley del Trabajo Autónomo).
    4. Licencia o declaración responsable del Ayuntamiento si abres un local.
    5. Trimestres: modelos 303 y 130 del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero.
    6. Revisar cada año si conviene pasar a sociedad.

    Calculadora: ¿cuánto pagarás este trimestre de IVA (303) e IRPF (130)?

    Para autónomos en estimación directa: introduce lo facturado y gastado en el trimestre y en el año y verás el 303, el 130 y la fecha límite.

    –Modelo 303 (IVA)
    –Modelo 130 (IRPF)
    –Fecha límite

      Orientativo. El 130 sigue el art. 110 del Reglamento del IRPF: 20 % del rendimiento neto acumulado, menos pagos anteriores y retenciones, con la minoración de 100, 75, 50 o 25 € si el rendimiento del año anterior no pasó de 9.000, 10.000, 11.000 o 12.000 €. No incluye la deducción por vivienda habitual ni el recargo de equivalencia. Si el último día es festivo, el plazo pasa al siguiente hábil.

      ¿Te sale mucho a pagar? Revisa si estás deduciendo todo lo que puedes en nuestra guía del modelo 130 paso a paso y en la del modelo 303 de IVA.

      ¿Qué necesita cada sector en Madrid?

      Los despachos profesionales y consultoras necesitan facturación con retención y, al crecer, una sociedad bien diseñada; el comercio y la hostelería, control de caja, IVA y nóminas, y vigilar la tasa de terrazas; las inmobiliarias y los propietarios, la fiscalidad de los alquileres; y las tecnológicas, los incentivos a la innovación y el régimen de empresas emergentes.

      ¿Revisamos tu caso?

      Diagnóstico gratuito por videollamada o en el despacho. Presupuesto cerrado y sin permanencia.

      605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com

      ¿Cuánto cuesta una gestoría en Madrid?

      En Legislae, un autónomo paga desde 55 € al mes (85 € en estimación directa), una sociedad con actividad desde 150 €, una sociedad con trabajadores desde 229 € y la gestión laboral desde 14 € por nómina, todo más IVA. Los trámites puntuales, como constituir una sociedad (desde 350 €), con presupuesto cerrado.

      ServicioDesde
      Autónomo / en estimación directa55 € / 85 € al mes
      Sociedad sin actividad79 € al mes
      Sociedad: contabilidad y cuentas anuales130 € al mes
      Sociedad con actividad150 € al mes
      Sociedad con trabajadores229 € al mes
      Gestión laboral14 € por nómina
      Constitución de una SL350 € más notaría y Registro

      Lo explicamos todo en cuánto cuesta una asesoría fiscal, con una calculadora del coste real después de impuestos.

      ¿Qué dicen nuestros clientes?

      La ficha de Google de la asesoría tiene una valoración de 4,9 con 12 reseñas. Dos de ellas:

      «Trato personalizado y profesional, llevamos varios años confiando la gestión de nuestras empresas con ellos. Buscábamos una asesoría que nos guiase en el mejor modelo de gestión más allá de la contabilidad y presentación de modelos trimestrales y sin duda encontramos el lugar adecuado.»

      Emilio Ardura · Reseña en Google

      «Si lo que buscas es una gestoría dinámica, efectiva y de confianza, os recomiendo a Legislae Consulting 100%.»

      Jesús Rodríguez · Reseña en Google

      ¿Atendéis también los municipios de alrededor de Madrid?

      Sí, toda la Comunidad de Madrid. Estas páginas tienen los datos de cada municipio.

      El servicio en Madrid

      Sí. Nuestro despacho está en Fuenlabrada (Plaza de la Albufera, 3, Local 3), a unos 21 km del centro de Madrid y con Cercanías directo (línea C-5). Trabajamos sobre todo a distancia, con firma electrónica y videollamada, y te recibimos en el despacho cuando hace falta.

      En Legislae, los autónomos desde 55 € al mes (85 € en estimación directa), las sociedades con actividad desde 150 € al mes y con trabajadores desde 229 €; la gestión laboral, desde 14 € por nómina. Todo más IVA, con presupuesto cerrado y sin permanencia.

      Las dos cosas: presentamos tus impuestos, nóminas y trámites como una gestoría, y te asesoramos para pagar lo justo y evitar sanciones, con un abogado colegiado al frente que puede defenderte ante Hacienda o la Seguridad Social.

      Sí: contabilidad mensual, Impuesto sobre Sociedades, cuentas anuales y su depósito en el Registro Mercantil de Madrid, y las operaciones con los socios.

      Sí: nóminas, seguros sociales, contratos, altas y bajas, y los trámites con la Seguridad Social y el SEPE, con el convenio colectivo que corresponda a tu actividad.

      Sí: alta en Hacienda y en la Seguridad Social, con la cuota reducida de los nuevos autónomos y el epígrafe correcto del IAE. Si te conviene más una sociedad, te lo decimos antes.

      No: el servicio es mensual y puedes dejarlo cuando quieras.

      Pedimos la documentación a tu gestoría actual, damos de alta los apoderamientos en Hacienda y la Seguridad Social y asumimos el siguiente trimestre. No te cuesta nada.

      La contestamos nosotros en plazo y, si hay que recurrir, la lleva el mismo despacho, con abogado colegiado.

      Sí: alta como autónomo o constitución de sociedad, NIE y obligaciones fiscales, y, si se trasladan por trabajo, el estudio del régimen de impatriados.

      Ayuntamiento, Hacienda y juzgados de Madrid

      Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2026, junto con la tasa de residuos, el IAE, las terrazas y las ocupaciones de la vía pública. Si estás en el sistema especial de pago, en dos plazos: el 30 de junio y el 30 de noviembre.

      El 0,414 % del valor catastral para los inmuebles urbanos, frente al 0,428 % de 2025. Los locales comerciales de más de 860.000 € de valor catastral pagan el 0,985 %, y las oficinas de más de 2.040.000 €, los industriales de más de 890.000 € y los de ocio y hostelería de más de 1.625.000 €, el 1,135 %.

      Una forma de pagar el IBI y la tasa de residuos en 9, 5, 3 o 2 plazos domiciliados con una bonificación de hasta el 5 %, con un máximo de 70 € en el IBI y de 15 € en la tasa de residuos. Para que empiece en enero hay que pedirlo hasta el 10 de diciembre.

      Un pago del IBI en dos plazos con una bonificación del 3,25 % (máximo 70 €): el 30 de junio se paga el 65 % de la cuota del año anterior y el 30 de noviembre el resto. El alta para el año en curso se pide hasta el 30 de abril. No es compatible con el pago a la carta.

      En 2026, del 1 de abril al 1 de junio. Los vehículos con etiqueta CERO tienen una bonificación del 75 % indefinida y los ECO del 75 % durante seis años, que el Ayuntamiento aplica de oficio.

      La tasa por la gestión de residuos que la Ley 7/2022 obliga a cobrar a todos los ayuntamientos. En Madrid, la cuota depende de los residuos por persona del barrio y del número de residentes de la vivienda; se paga del 1 de octubre al 30 de noviembre, y las reducciones se piden antes del 1 de marzo.

      Solo si tu empresa factura un millón de euros o más: las personas físicas y las sociedades por debajo de esa cifra están exentas (art. 82 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales). Madrid tiene bonificaciones por inicio de actividad y por creación de empleo, que hay que pedir antes del 1 de febrero.

      La Delegación Especial de la Agencia Tributaria está en la calle Guzmán el Bueno, 139. Hay administraciones en Montalbán, 6; Núñez de Balboa, 116 (María de Molina); Fermín Caballero, 66 (Madrid Norte); Pobladura del Valle, 15 y avenida de Vinateros, 51 (Madrid Este), y Guareña, 20 (Madrid Suroeste). Casi todo se hace por internet.

      En el Registro Mercantil de Madrid, en el paseo de la Castellana, 44, aunque la presentación es telemática. Allí se depositan también las cuentas anuales.

      Los conflictos laborales van a los Juzgados de lo Social de Madrid (calle Princesa, 3), después de la conciliación en el SMAC (Princesa, 5), y los asuntos societarios y concursales, a los de lo Mercantil (Gran Vía, 52).

      Autónomos, impuestos y sectores

      Los nuevos autónomos pagan una cuota reducida a la Seguridad Social durante los primeros doce meses (art. 38 ter de la Ley del Trabajo Autónomo), prorrogable otros doce si los rendimientos no superan el salario mínimo. La Comunidad de Madrid ha tenido además ayudas para cubrir esa cuota; sus condiciones cambian con cada convocatoria.

      Depende del beneficio. Con beneficios moderados suele salir mejor ser autónomo; a partir de cierto nivel, la sociedad tributa menos (en 2026, el 19 % los primeros 50.000 € si factura menos de un millón) y protege el patrimonio. Lo calculamos con tus números.

      Varias, como las de alquiler de vivienda habitual para jóvenes, nacimiento o adopción, gastos educativos o cuidado de familiares, muchas con límites de renta. Las revisamos cada campaña con la normativa vigente.

      El 0,414 % de su valor catastral, salvo que sea uno de los inmuebles no residenciales de mayor valor: un local comercial con valor catastral de más de 860.000 € paga el 0,985 %. Calcúlalo en esta página.

      El 50 % de la cuota durante los cinco años siguientes a la inscripción de la instalación, sin que la bonificación anual supere el 50 % del coste de ejecución ni el total el 95 %, si la instalación no era obligatoria y tiene la licencia o declaración responsable municipal.

      Sí: el 95 % de la cuota para los locales comerciales, de espectáculos o de hostelería en los que se ejerce una actividad reconocida como establecimiento centenario, en los términos de la ordenanza.

      Además del IVA y las nóminas, la tasa de terrazas y la de residuos se pagan del 1 de octubre al 30 de noviembre, y el IBI del local puede ir al tipo diferenciado si su valor catastral es alto. Si alquilas, revisa qué tributos te repercute el propietario.

      Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre.

      Al menos cuatro años a efectos fiscales (el plazo de prescripción) y seis años según el Código de Comercio para los libros y documentos de la empresa.

      Sí: toda la Comunidad de Madrid, con páginas propias para Getafe, Leganés, Móstoles, Alcobendas, Las Rozas o Pozuelo de Alarcón.