Gestoría y asesoría en Madrid para autónomos y empresas
En resumen
- Madrid capital: 297.693 empresas activas según el INE; casi tres de cada diez son actividades profesionales.
- IBI 2026: 0,414 % (antes 0,428 %); se paga del 1 de octubre al 30 de noviembre, o a plazos con hasta un 5 % de descuento (máximo 70 €).
- Novedad: la tasa de gestión de residuos, en el mismo periodo que el IBI.
- Impuesto de circulación: del 1 de abril al 1 de junio; CERO con el 75 % indefinido y ECO con el 75 % seis años.
- Con Legislae: autónomos desde 55 € al mes, sociedades desde 150 €, nóminas desde 14 €; abogado colegiado al frente.
¿Qué hace nuestra gestoría y asesoría por una empresa de Madrid?
Llevamos lo fiscal, lo laboral y lo contable de autónomos y empresas de Madrid desde un solo despacho: impuestos trimestrales y anuales, nóminas y seguros sociales, contabilidad y cuentas anuales, altas, constitución de sociedades y la respuesta a Hacienda o a la Seguridad Social, con un abogado colegiado al frente.
Fiscal
IVA, IRPF, retenciones, Impuesto sobre Sociedades y la renta de los socios.
Laboral
Nóminas, contratos, seguros sociales, bajas y despidos.
Contable
Contabilidad mensual, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil.
Autónomos
Alta, cuota reducida, trimestres y paso a sociedad cuando conviene.
Tributos municipales
IBI, tasa de residuos, IAE, terrazas y planes de pago del Ayuntamiento.
Defensa
Requerimientos, inspecciones y recursos con abogado colegiado.
Si buscas la guía de un servicio concreto: gestoría para autónomos, asesoría laboral, asesoría contable y crear una empresa. Funcionan igual para Madrid capital.
Calculadora: ¿cuánto IBI pagas en Madrid en 2026 y cuánto ahorras a plazos?
Madrid aplica en 2026 un IBI del 0,414 % sobre el valor catastral, y del 0,985 % al 1,135 % a los inmuebles no residenciales de mayor valor. Pon el valor catastral de tu recibo y verás la cuota y lo que ahorras con el sistema especial de pago (3,25 %) o con el pago a la carta (hasta el 5 %).
Orientativo, con la ordenanza del IBI de Madrid para 2026: tipo general del 0,414 % y tipos diferenciados para los inmuebles no residenciales que superan el umbral de su uso (solo se aplican al 10 % de mayor valor de cada uso, así que compruébalo en tu recibo). Bonificaciones del 3,25 % (sistema especial de pago) y del 5 % (pago a la carta, año completo), con un máximo de 70 € en el IBI y de 15 € en la tasa de residuos.
¿Cuándo se pagan los tributos municipales en Madrid en 2026?
El impuesto de circulación, del 1 de abril al 1 de junio. El IBI, la nueva tasa de residuos, el IAE, las terrazas y las ocupaciones de la vía pública, del 1 de octubre al 30 de noviembre. Quien está en el sistema especial de pago adelanta el 65 % del IBI el 30 de junio, y quien tiene el pago a la carta lo paga en cuotas durante el año.
| Fecha | Qué toca |
|---|---|
| Antes del 1 de febrero | Pedir las bonificaciones del IAE por inicio de actividad o creación de empleo |
| Antes del 1 de marzo | Pedir las reducciones de la tasa de residuos |
| 1 de abril - 1 de junio | Impuesto de circulación |
| Hasta el 30 de abril | Alta en el sistema especial de pago del IBI para ese año |
| 30 de junio | Primer plazo del sistema especial de pago (65 %) |
| 1 de octubre - 30 de noviembre | IBI, tasa de residuos, IAE, terrazas y ocupación de la vía pública |
| 30 de noviembre | Segundo plazo del sistema especial de pago |
| Hasta el 10 de diciembre | Pedir el pago a la carta para que empiece en enero |
Fuente: portal del contribuyente del Ayuntamiento de Madrid (periodos de pago y novedades de las ordenanzas de 2026).
¿Qué cambia en 2026 en el IBI, la tasa de residuos, el IAE y el impuesto de circulación de Madrid?
El IBI baja del 0,428 % al 0,414 %; llega la tasa de gestión de residuos, que se calcula por barrio y por número de residentes; el impuesto de circulación bonifica el 75 % a los CERO sin límite de años y a los ECO durante seis, de oficio; y el IAE mantiene sus bonificaciones por empezar una actividad y por crear empleo.
| Tributo | Lo que hay que saber en 2026 |
|---|---|
| IBI | 0,414 % general; 0,985 % comercial de más de 860.000 € de valor catastral; 1,135 % oficinas de más de 2.040.000 €, industrial de más de 890.000 € y ocio y hostelería de más de 1.625.000 € |
| Bonificaciones del IBI | Placas solares: 50 % cinco años; viviendas de protección oficial: 50 % tres años; establecimientos centenarios: 95 %; promotoras en obra: 90 % |
| Tasa de residuos | Cuota según los residuos por persona del barrio y los residentes de la vivienda; reducciones rogadas antes del 1 de marzo; se puede pagar a la carta |
| Impuesto de circulación | CERO: 75 % indefinido. ECO: 75 % durante seis ejercicios. Se aplica de oficio |
| IAE | Exentas las personas físicas y las empresas que facturan menos de un millón; bonificaciones por inicio de actividad y creación de empleo, pedidas antes del 1 de febrero |
Para un negocio con local, el IBI y la tasa de residuos suelen ir en el contrato de alquiler: revisa si el propietario te los repercute y con qué importe. El mismo análisis para otros municipios está en nuestras guías del IBI y del impuesto de circulación de Fuenlabrada.
¿Dónde están Hacienda, el Registro Mercantil y los juzgados en Madrid?
La Agencia Tributaria tiene su Delegación Especial en la calle Guzmán el Bueno, 139, y administraciones repartidas por la ciudad. Las sociedades se inscriben en el Registro Mercantil de la Castellana, 44, y los despidos van a los juzgados de lo Social de la calle Princesa, 3, tras la conciliación en el SMAC. Casi todo se tramita por internet.
| Organismo | Dirección |
|---|---|
| Agencia Tributaria: Delegación Especial y Administración Guzmán el Bueno | Calle Guzmán el Bueno, 139 |
| Administración Montalbán | Calle Montalbán, 6 |
| Administración María de Molina | Calle Núñez de Balboa, 116 |
| Administración Madrid Norte | Calle Fermín Caballero, 66 |
| Administración Madrid Este | Calle Pobladura del Valle, 15, y avenida de Vinateros, 51 |
| Administración Madrid Suroeste | Calle Guareña, 20 |
| Registro Mercantil de Madrid | Paseo de la Castellana, 44 |
| Juzgados de lo Mercantil | Calle Gran Vía, 52 |
| Juzgados de lo Social y SMAC | Calle Princesa, 3 y 5 |
Fuente: buscador de oficinas de la Agencia Tributaria. Las oficinas atienden con cita previa; nosotros presentamos tus declaraciones y escritos por la sede electrónica con tu apoderamiento.
¿Cómo es el tejido empresarial de Madrid?
Madrid capital tiene 297.693 empresas activas según el último Directorio Central de Empresas del INE, unas 85 por cada mil habitantes. Las actividades profesionales, científicas y administrativas son el 27,9 %, y el comercio, el transporte y la hostelería, el 24,3 %.
| Actividad | Empresas | % |
|---|---|---|
| Profesionales, científicas, técnicas y administrativas | 83.019 | 27,9 % |
| Comercio, transporte y hostelería | 72.474 | 24,3 % |
| Educación, sanidad y servicios sociales | 31.653 | 10,6 % |
| Ocio y otros servicios | 29.177 | 9,8 % |
| Construcción | 25.436 | 8,5 % |
| Inmobiliarias | 24.267 | 8,2 % |
| Información y comunicaciones | 13.383 | 4,5 % |
| Financieras y de seguros | 10.764 | 3,6 % |
| Industria | 7.520 | 2,5 % |
Fuente: INE, Directorio Central de Empresas, municipio de Madrid (3.506.730 habitantes según el padrón).
¿Qué tiene que saber un autónomo que empieza en Madrid?
Que durante los primeros doce meses paga una cuota reducida a la Seguridad Social, prorrogable otros doce si sus rendimientos no superan el salario mínimo; que presenta el IVA y el IRPF cada trimestre; que no paga IAE si factura menos de un millón, y que la Comunidad de Madrid convoca ayudas para nuevos autónomos con condiciones que cambian cada año.
- Antes del alta: elegir el epígrafe del IAE y el régimen de IVA (general, recargo de equivalencia si es comercio minorista, o exento).
- Alta en Hacienda (modelo 036) y en la Seguridad Social el mismo día o antes de empezar.
- Cuota reducida de los nuevos autónomos (art. 38 ter de la Ley del Trabajo Autónomo).
- Licencia o declaración responsable del Ayuntamiento si abres un local.
- Trimestres: modelos 303 y 130 del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero.
- Revisar cada año si conviene pasar a sociedad.
Calculadora: ¿cuánto pagarás este trimestre de IVA (303) e IRPF (130)?
Para autónomos en estimación directa: introduce lo facturado y gastado en el trimestre y en el año y verás el 303, el 130 y la fecha límite.
Orientativo. El 130 sigue el art. 110 del Reglamento del IRPF: 20 % del rendimiento neto acumulado, menos pagos anteriores y retenciones, con la minoración de 100, 75, 50 o 25 € si el rendimiento del año anterior no pasó de 9.000, 10.000, 11.000 o 12.000 €. No incluye la deducción por vivienda habitual ni el recargo de equivalencia. Si el último día es festivo, el plazo pasa al siguiente hábil.
¿Te sale mucho a pagar? Revisa si estás deduciendo todo lo que puedes en nuestra guía del modelo 130 paso a paso y en la del modelo 303 de IVA.
¿Qué necesita cada sector en Madrid?
Los despachos profesionales y consultoras necesitan facturación con retención y, al crecer, una sociedad bien diseñada; el comercio y la hostelería, control de caja, IVA y nóminas, y vigilar la tasa de terrazas; las inmobiliarias y los propietarios, la fiscalidad de los alquileres; y las tecnológicas, los incentivos a la innovación y el régimen de empresas emergentes.
- Profesionales y consultoras: retención del 15 % en sus facturas a empresas (7 % los tres primeros años), operaciones con clientes de fuera de España y retribución del socio en su sociedad.
- Comercio y hostelería: recargo de equivalencia en el comercio minorista, IVA del 10 % en hostelería, Verifactu y tasa de terrazas del 1 de octubre al 30 de noviembre.
- Inmobiliario y alquileres: IVA de los locales, retención del 19 % al arrendador y reducción del 50 % del rendimiento de las viviendas en los contratos desde el 26 de mayo de 2023.
- Tecnología: deducciones por I+D+i y el régimen de empresas emergentes de la Ley 28/2022.
- Construcción: inversión del sujeto pasivo del IVA en las subcontratas y el ICIO de cada obra (3,75 % en Madrid).
¿Revisamos tu caso?
Diagnóstico gratuito por videollamada o en el despacho. Presupuesto cerrado y sin permanencia.
605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com¿Cuánto cuesta una gestoría en Madrid?
En Legislae, un autónomo paga desde 55 € al mes (85 € en estimación directa), una sociedad con actividad desde 150 €, una sociedad con trabajadores desde 229 € y la gestión laboral desde 14 € por nómina, todo más IVA. Los trámites puntuales, como constituir una sociedad (desde 350 €), con presupuesto cerrado.
| Servicio | Desde |
|---|---|
| Autónomo / en estimación directa | 55 € / 85 € al mes |
| Sociedad sin actividad | 79 € al mes |
| Sociedad: contabilidad y cuentas anuales | 130 € al mes |
| Sociedad con actividad | 150 € al mes |
| Sociedad con trabajadores | 229 € al mes |
| Gestión laboral | 14 € por nómina |
| Constitución de una SL | 350 € más notaría y Registro |
Lo explicamos todo en cuánto cuesta una asesoría fiscal, con una calculadora del coste real después de impuestos.
¿Qué dicen nuestros clientes?
La ficha de Google de la asesoría tiene una valoración de 4,9 con 12 reseñas. Dos de ellas:
«Trato personalizado y profesional, llevamos varios años confiando la gestión de nuestras empresas con ellos. Buscábamos una asesoría que nos guiase en el mejor modelo de gestión más allá de la contabilidad y presentación de modelos trimestrales y sin duda encontramos el lugar adecuado.»
Emilio Ardura · Reseña en Google
«Si lo que buscas es una gestoría dinámica, efectiva y de confianza, os recomiendo a Legislae Consulting 100%.»
Jesús Rodríguez · Reseña en Google
¿Atendéis también los municipios de alrededor de Madrid?
Sí, toda la Comunidad de Madrid. Estas páginas tienen los datos de cada municipio.
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