Asesoría fiscal y laboral en Las Rozas para profesionales, pymes y empresas tecnológicas
En resumen
- Un municipio de profesionales: 10.623 empresas activas, un 32 % de actividades profesionales, científicas y administrativas (INE).
- IBI 2026: 0,4 % en general, pero 0,97 % para locales, oficinas, naves y hoteles de más valor catastral. Calcúlalo abajo.
- Calendario municipal: circulación y vía pública del 1/4 al 31/5; basura del 1/6 al 31/7; IBI del 1/9 al 30/11; IAE del 1/10 al 30/11.
- Hacienda y juzgados: Administración de Pozuelo (Saturno, 1) y partido judicial de Majadahonda; despidos, en Madrid.
- Con Legislae: trabajo a distancia, abogado colegiado al frente; autónomos desde 55 € al mes y sociedades desde 150 €.
¿Qué hace una asesoría fiscal por un profesional o una empresa de Las Rozas?
Además de presentar los impuestos de cada trimestre y del año, planifica: cómo facturar (como autónomo o con una sociedad), cómo debe cobrar el socio, qué régimen aplicar a un trabajador desplazado, cómo aprovechar las ventajas de una empresa emergente y cómo reducir legalmente los impuestos del patrimonio. En Las Rozas, con tantos profesionales de facturación alta, es donde más se nota.
Fiscal
IVA, IRPF, retenciones, Impuesto sobre Sociedades, renta, patrimonio y planificación del cierre.
Contabilidad
Contabilidad de la sociedad, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil de Madrid.
Laboral
Contratos y nóminas de equipos técnicos, retribución flexible, stock options y desplazados.
Profesionales
Autónomo o sociedad profesional, retribución del socio y operaciones vinculadas.
Impatriados y startups
Régimen de la «ley Beckham», certificación de empresa emergente y sus ventajas fiscales.
Defensa
Requerimientos, comprobaciones e inspecciones, con abogado colegiado.
El detalle de cada servicio: asesoría fiscal, contable y laboral (las normas son las mismas en Las Rozas). Si tu empresa es de comercio electrónico o tecnología, tienes además nuestra página de asesoría fiscal para ecommerce y tecnología en Las Rozas.
Calculadora: ¿cuánto IBI paga tu local u oficina en Las Rozas en 2026?
En Las Rozas, el IBI de una vivienda es el más bajo posible, el 0,4 %. Pero los inmuebles no residenciales de más valor catastral tienen un tipo diferenciado del 0,97 %: los comerciales de más de 300.000 €, las oficinas de más de 370.000 €, los de ocio y hostelería de más de 565.000 € y los industriales de más de 645.000 €. Elige el uso y el valor catastral.
Ordenanza fiscal n.º 1 de Las Rozas de Madrid, art. 3.3, en la redacción para 2026 (BOCM n.º 310, de 30/12/2025). El tipo diferenciado del 0,97 % se aplica como máximo al 10 % de los inmuebles de cada uso con mayor valor catastral; si los umbrales superan ese 10 %, el umbral se ajusta automáticamente. El cálculo usa el valor catastral como base liquidable: si tu recibo aplica una reducción, la base será menor.
| Uso catastral | Umbral de valor catastral | Tipo por encima |
|---|---|---|
| Residencial y resto de usos | — | 0,4 % |
| Comercial | 300.000 € | 0,97 % |
| Oficinas | 370.000 € | 0,97 % |
| Ocio y hostelería | 565.000 € | 0,97 % |
| Industrial | 645.000 € | 0,97 % |
Si alquilas una oficina o un local por encima de esos valores, pregunta antes de firmar si el contrato te repercute el IBI: la diferencia entre el 0,4 % y el 0,97 % es grande. Y si tu empresa es promotora, la ordenanza le da una bonificación del 50 % en los inmuebles en construcción que no forman parte de su inmovilizado, si la pide antes de empezar las obras (art. 5).
¿Cuándo se pagan los impuestos municipales en Las Rozas?
Con carácter general: el impuesto de circulación y las tasas por ocupación de la vía pública, del 1 de abril al 31 de mayo; la basura, del 1 de junio al 31 de julio; el IBI, del 1 de septiembre al 30 de noviembre, y el IAE, del 1 de octubre al 30 de noviembre. Es el calendario que fija la ordenanza general en su redacción para 2026.
| Periodo voluntario (general) | Tributo |
|---|---|
| 1 de abril - 31 de mayo | Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica |
| 1 de abril - 31 de mayo | Tasas por utilización privativa o aprovechamiento del dominio público (terrazas, vados y similares) |
| 1 de junio - 31 de julio | Tasa por la gestión de residuos |
| 1 de septiembre - 30 de noviembre | Impuesto sobre bienes inmuebles |
| 1 de octubre - 30 de noviembre | Impuesto sobre actividades económicas |
La ordenanza prevé que el calendario de cada año lo apruebe la Alcaldía y se publique en el BOCM; si cambia alguna fecha, se anuncia allí y en la web municipal. En octubre y noviembre coinciden en Las Rozas el IBI y el IAE con el tercer trimestre de Hacienda y el pago fraccionado de Sociedades de octubre.
¿Dónde están Hacienda y los juzgados para Las Rozas?
Las Rozas no tiene oficina de la Agencia Tributaria: la más cercana es la Administración de Pozuelo de Alarcón, en la calle Saturno, 1. Pertenece al partido judicial de Majadahonda, junto con Majadahonda, y los despidos se juzgan en Madrid capital. Las sociedades se inscriben en el Registro Mercantil de Madrid.
| Organismo | Para qué | Dónde |
|---|---|---|
| Agencia Tributaria, Administración de Pozuelo de Alarcón | Alta censal, notificaciones, certificados | Calle Saturno, 1, Pozuelo de Alarcón (cita previa) |
| Ayuntamiento de Las Rozas | IBI, IAE, circulación, basura, vía pública, licencias | Sede electrónica municipal |
| Registro Mercantil de Madrid | Inscribir la sociedad, depositar cuentas | Presentación telemática |
| Tribunal de Instancia de Majadahonda | Asuntos civiles, mercantiles con particulares, penal | Majadahonda |
| Sección de lo Social de Madrid | Despidos y reclamaciones laborales, tras el SMAC | Calle Princesa, 3, Madrid |
| Legislae Consulting | Todo lo anterior, en tu nombre | Plaza de la Albufera, 3, Local 3, Fuenlabrada (31 km) |
¿Cómo es el tejido empresarial de Las Rozas?
Las Rozas tiene 99.037 habitantes y 10.623 empresas activas según el INE: más empresas que Leganés o Getafe con la mitad de población. El rasgo diferencial es el peso de las actividades profesionales, científicas y administrativas, un 32 %, el doble que en el sur de Madrid. La industria (2 %) y la construcción (6 %) pesan poco.
| Sector (DIRCE, INE) | Empresas activas | Peso |
|---|---|---|
| Actividades profesionales, científicas y administrativas | 3.421 | 32 % |
| Comercio, transporte y hostelería | 2.155 | 20 % |
| Construcción | 657 | 6 % |
| Industria | 219 | 2 % |
| Resto de servicios (información y comunicaciones, finanzas, inmobiliarias, educación, sanidad…) | 4.171 | 39 % |
| Total | 10.623 | 100 % |
Es el perfil del corredor de la A-6: consultoras, ingenierías, tecnológicas, sedes y filiales, profesionales que trabajan para multinacionales y muchos directivos y trabajadores desplazados. Sus preguntas fiscales son otras: retribución del socio, sociedad profesional, impatriados, stock options, patrimonio. Las vemos una a una.
¿Autónomo o sociedad profesional: qué conviene a un consultor de Las Rozas?
Depende del beneficio y de lo que retiras. Como autónomo, todo tu beneficio tributa en el IRPF, con tipos marginales altos a partir de cierta renta. Con una sociedad, el beneficio que dejas en ella paga el Impuesto sobre Sociedades, pero lo que cobras tú debe estar valorado a mercado y facturado correctamente. Con un beneficio estable de unos 40.000-50.000 € al año, la sociedad empieza a compensar.
| Autónomo | Sociedad (con el socio trabajando en ella) | |
|---|---|---|
| Impuesto sobre el beneficio | IRPF progresivo | Sociedades: 19-21 % si factura menos de 1 millón; 15 % los dos primeros años con beneficio |
| Lo que cobra el socio | — | Rendimiento de actividad si presta servicios profesionales y está en el RETA (art. 27.1 Ley del IRPF), con factura y retención |
| Valoración | — | A precio de mercado, como operación vinculada (art. 18 Ley del Impuesto sobre Sociedades) |
| Responsabilidad | Ilimitada | Limitada, salvo garantías personales |
| Coste de gestión | Desde 55-85 €/mes | Desde 150 €/mes, más la constitución |
Hacienda revisa a menudo las sociedades de un solo profesional sin medios propios: si la sociedad solo factura tu trabajo personal y te quedas con todo el beneficio dentro, puede regularizar. Lo correcto es documentar la retribución y no usar la sociedad para gastos personales. Más en ¿autónomo o SL? y autónomo societario.
¿Puedes acogerte al régimen de impatriados («ley Beckham»)?
Si te trasladas a España y no has sido residente fiscal aquí en los cinco años anteriores, puedes optar por tributar al 24 % hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo durante el año del traslado y los cinco siguientes, en lugar de la escala progresiva del IRPF. La opción se ejerce en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social, con el modelo 149.
- Quién puede: trasladados por un contrato de trabajo (también en teletrabajo), administradores de sociedades, quienes vienen a desarrollar una actividad emprendedora y profesionales altamente cualificados de empresas emergentes o de I+D (art. 93 de la Ley del IRPF).
- Cuánto: 24 % hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo y 47 % por encima; las rentas obtenidas fuera de España, en general, no tributan aquí.
- Cuándo: seis meses desde el inicio de la actividad que conste en el alta en la Seguridad Social; fuera de plazo no hay opción.
- Cada año: declaración con el modelo 151 en lugar del 100, y retención específica en la nómina.
- Familia: el cónyuge y los hijos menores pueden acogerse también con requisitos.
Es frecuente en las sedes y filiales del corredor de la A-6. Lo revisamos antes de que se cumplan los seis meses, porque es un plazo que no admite subsanación.
¿Qué ventajas fiscales tiene una startup o una empresa tecnológica?
Si la empresa se certifica como empresa emergente (Ley 28/2022), tributa al 15 % en el Impuesto sobre Sociedades durante el primer periodo con base positiva y los tres siguientes, y sus trabajadores pueden recibir stock options exentas hasta 50.000 € al año. Además, cualquier empresa puede aplicar la deducción por I+D e innovación del art. 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- Certificación de empresa emergente ante ENISA: menos de cinco años (siete en algunos sectores), sede en España, no cotizada, sin dividendos y con un modelo de negocio innovador y escalable.
- Impuesto sobre Sociedades al 15 % en los cuatro primeros periodos con base positiva, y aplazamiento sin garantías de la deuda de los dos primeros.
- Stock options: exentas hasta 12.000 € al año en general y hasta 50.000 € en empresas emergentes, con requisitos (art. 42.3.f de la Ley del IRPF).
- I+D e innovación: deducción del art. 35, con informe motivado para tener seguridad jurídica, y posibilidad de monetizarla con descuento si no hay cuota.
- Socios fundadores: pacto de socios desde el principio (vesting, salida, arrastre) y retribución bien documentada.
¿Se paga Patrimonio o el impuesto de grandes fortunas viviendo en Las Rozas?
El Impuesto sobre el Patrimonio está bonificado al 100 % en la Comunidad de Madrid, pero eso no elimina la obligación de declararlo en algunos casos. Y si el patrimonio neto supera 3 millones de euros, se paga el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que es estatal y no tiene bonificación autonómica.
- Patrimonio: aunque la bonificación deja la cuota a cero, hay que presentar la declaración si el valor de los bienes y derechos supera 2 millones de euros (art. 37 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio).
- Grandes fortunas: patrimonio neto de más de 3 millones; se descuenta lo pagado por Patrimonio, que en Madrid es cero. Más en impuesto de grandes fortunas 2026.
- Herencias y donaciones: bonificación del 99 % en Madrid entre padres, hijos y cónyuges (donación de padres a hijos).
- Sociedad patrimonial: puede tener sentido para gestionar inmuebles en alquiler, pero tiene costes y riesgos; lo explicamos en sociedad patrimonial familiar.
¿Cómo tributa alquilar una vivienda o un local en Las Rozas?
Si alquilas una vivienda como residente, declaras el rendimiento en tu renta y, en los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023, reduces en general el 50 % del rendimiento neto. Si alquilas un local, la factura lleva IVA del 21 % y el inquilino empresario te retiene el 19 %. Y si eres propietario no residente, declaras con el modelo 210.
| Situación | Impuesto | Qué revisar |
|---|---|---|
| Vivienda alquilada, propietario residente | IRPF: rendimiento del capital inmobiliario | Reducción del 50 % con carácter general (art. 23.2 de la Ley del IRPF) y gastos deducibles (IBI, comunidad, intereses, amortización) |
| Local u oficina alquilada | IVA del 21 % y retención del 19 % si el inquilino es empresario | Que el inquilino ingrese la retención (modelo 115) y tú declares el IVA (303) |
| Propietario que no reside en España | Impuesto sobre la Renta de no Residentes, modelo 210 | Tipo del 19 % (UE y EEE, con gastos deducibles) o 24 % (resto, sobre ingresos íntegros) |
| Vivienda vacía a tu disposición | Imputación de rentas en el IRPF | 2 % o 1,1 % del valor catastral, según su revisión |
En Las Rozas, con muchos directivos que se trasladan dentro o fuera de España, es frecuente pasar de residente a no residente (o al revés) con una vivienda alquilada en medio. El año del cambio hay que separar bien qué rentas van a la renta y cuáles al modelo 210. Si te vas al extranjero, avísanos antes de mudarte.
¿Y un comercio o un restaurante de Las Rozas?
Para el comercio y la hostelería de Las Rozas, lo que más pesa es el régimen fiscal, la caja y los recibos municipales: el IBI del local, que puede ir al 0,97 % si su valor catastral es alto, la terraza y el vado en primavera y la basura en verano.
- Tiendas: si eres autónomo y vendes al por menor sin transformar, estás en el recargo de equivalencia; si es una sociedad, régimen general.
- Restaurantes y bares: IVA del 10 % en lo que se consume en el local, módulos solo por debajo de los límites de 2026, Verifactu y control de caja (guía de hostelería).
- Local alquilado: revisa si el contrato te repercute el IBI y con qué tipo; la diferencia entre el 0,4 % y el 0,97 % puede ser de miles de euros al año en locales grandes.
- Terrazas y vados: tasas del 1 de abril al 31 de mayo.
Calculadora: ¿cuánto pagarás este trimestre de IVA (303) e IRPF (130)?
Si eres autónomo en estimación directa, introduce lo que has facturado y gastado. Si eres profesional y al menos el 70 % de tus ingresos lleva retención, no presentas el 130: pon tus retenciones y verás que el resultado sale a cero.
Orientativo. El 130 sigue el art. 110 del Reglamento del IRPF: 20 % del rendimiento neto acumulado, menos pagos anteriores y retenciones, con la minoración de 100, 75, 50 o 25 € si el rendimiento del año anterior no pasó de 9.000, 10.000, 11.000 o 12.000 €. No incluye la deducción por vivienda habitual ni el recargo de equivalencia. Si el último día es festivo, el plazo pasa al siguiente hábil.
¿Te sale mucho a pagar? Revisa si estás deduciendo todo lo que puedes en nuestra guía del modelo 130 paso a paso y en la del modelo 303 de IVA.
¿Qué cuidar en las nóminas de un equipo técnico o de oficina?
La retribución flexible, el teletrabajo y la jornada. En empresas tecnológicas y de servicios, los errores más caros son pagar como retribución flexible lo que no está exento, no formalizar el teletrabajo por escrito y no registrar la jornada. Y en los despidos, que se juzgan en Madrid, una carta mal hecha cuesta caro.
- Retribución flexible: guardería exenta, seguro médico exento hasta 500 € por persona al año, formación y transporte con límites; la retribución en especie no puede pasar del 30 % del salario. Más en retribución en especie.
- Teletrabajo: si es regular, acuerdo por escrito y compensación de gastos según la Ley 10/2021.
- Registro de jornada diario, también en teletrabajo (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
- Stock options y bonus: retención correcta en la nómina del mes en que se ejercitan o se cobran.
- Despidos: Sección de lo Social de Madrid, tras el SMAC; 20 días hábiles para reclamar.
¿Revisamos tu caso?
Diagnóstico gratuito por videollamada y presupuesto cerrado.
605 76 40 72 fiscal.legislae@gmail.com¿Cómo trabajamos con un cliente de Las Rozas?
A distancia y con fechas fijas: recibimos la documentación por correo o una carpeta compartida, te mandamos el resultado de cada impuesto antes de presentarlo y firmamos con tu apoderamiento. Para las decisiones de fondo (sociedad, impatriados, patrimonio) nos reunimos por videollamada o en el despacho.
- Diagnóstico gratuito y presupuesto cerrado por escrito.
- Apoderamientos en la Agencia Tributaria y en el Sistema RED.
- Cada trimestre: resultado del 303, el 130 o el 202 y el 111 antes del día 15; presentación antes del 20.
- Cada año: renta (o modelo 151 si estás en el régimen de impatriados), Patrimonio si hay obligación, cuentas y Sociedades.
- Antes de diciembre: revisión del cierre y de la retribución del socio.
¿Qué errores vemos más en Las Rozas?
Los de quien gana bien y tiene poco tiempo: sociedades profesionales sin la retribución del socio documentada, plazos del régimen de impatriados que se pasan, declaraciones de Patrimonio olvidadas por creer que en Madrid no hay que presentarla y alquileres mal declarados al cambiar de residencia.
- Sociedad de un solo profesional sin medios propios, que cobra todo y no documenta la retribución del socio.
- Dejar pasar los seis meses para optar al régimen de impatriados.
- No presentar Patrimonio teniendo más de 2 millones en bienes, aunque la cuota sea cero.
- No revisar el impuesto de grandes fortunas con un patrimonio neto de más de 3 millones.
- Gastos personales en la sociedad (coche, viajes, comidas) sin relación con la actividad.
- Alquileres del año del cambio de residencia declarados en el modelo equivocado.
- Locales con el IBI al 0,97 % sin comprobar el valor catastral ni repercutirlo bien en el contrato.
¿Cuánto cuesta una asesoría en Las Rozas?
En Legislae, los autónomos desde 55 € al mes (85 € en estimación directa) y las sociedades desde 150 € al mes; 229 € con trabajadores. La planificación de impatriados, patrimonio o reorganizaciones se presupuesta aparte y por escrito. Sin permanencia.
| Perfil | Desde | Incluye |
|---|---|---|
| Profesional autónomo | 55-85 €/mes | Trimestres, resúmenes y renta de la actividad |
| Sociedad con actividad | 150 €/mes | Contabilidad, IVA, retenciones, Sociedades y cuentas anuales |
| Solo contabilidad | 130 €/mes | Contabilidad, cierre y cuentas anuales |
| Sociedad con trabajadores | 229 €/mes | Lo anterior más nóminas y seguros sociales |
| Sociedad sin actividad | 79 €/mes | Declaraciones obligatorias y cuentas anuales |
| Constitución de una SL | Desde 350 € | Denominación, escritura, NIF, inscripción y altas |
Llevamos desde 2010 trabajando con autónomos y empresas de toda la Comunidad de Madrid (quiénes somos). Si vienes de otra asesoría, el cambio es gratuito: cómo cambiar de asesor.
¿Qué dicen nuestros clientes?
La ficha de Google de la asesoría tiene una valoración de 4,9 con 12 reseñas. Tres de ellas, tal cual:
«Llevo años confiando en grupo Legislae para gestionar tanto mis asuntos personales como los de la empresa, y no puedo estar más satisfecha. Destacaría, por encima de todo, el trato cercano y la tranquilidad que transmiten. Mención especial a Juan Miguel, un auténtico referente como abogado.»
Patricia Alonso · Reseña en Google
«Si lo que buscas es una gestoría dinámica, efectiva y de confianza, os recomiendo a Legislae Consulting 100%. Contacté con ellos por un problema con unos impuestos como autónomo y gracias al equipo por su cercanía, asesoramiento y gran profesionalidad. Enhorabuena a Patricia, mi gestora.»
Jesús Rodríguez · Reseña en Google
«Patricia es muy profesional, atenta, me ha resuelto todo tipo de dudas que he tenido. Tengo total confianza en ella.»
Susana Velázquez · Reseña en Google
¿Atendéis también otros municipios del noroeste?
Sí. Estas páginas tienen los datos de cada uno.