Inspección de Hacienda: qué hacer cuando recibes una notificación
Asesoría Fiscal

Inspección de Hacienda: qué hacer cuando recibes una notificación

02/06/2026 · Legislae Asesores
Recibir una notificación de la AEAT genera estrés, pero no significa necesariamente sanción. La respuesta en plazo y la documentación correcta determinan el resultado. Estos son los pasos a seguir según el tipo de actuación.

Tipos de actuación de la AEAT

No todas las notificaciones son iguales. Hay tres niveles:

Plazos de respuesta

Plazo estándar: 10 días hábiles desde la notificación para aportar lo solicitado o presentar alegaciones. Se puede pedir una ampliación de 5 días alegando motivo razonable. La AEAT lo concede casi siempre si la petición está justificada.

Qué hacer inmediatamente al recibir

Tres pasos críticos en las primeras 48 horas:

Qué documentos suelen pedir

Los requerimientos típicos incluyen:

Errores que empeoran la situación

Cosas que NO debes hacer:

Defensa: alegaciones y recursos

Si la AEAT propone regularización, tienes derecho a:

Preguntas frecuentes

¿Pueden inspeccionarme hasta 4 años atrás?

Sí. El plazo de prescripción es 4 años para impuestos. La AEAT puede iniciar procedimiento sobre cualquier ejercicio no prescrito. Una vez iniciado, se interrumpe la prescripción.

¿Cuánto puede durar una inspección?

Inspecciones generales tienen plazo máximo de 18 meses (27 si hay complicaciones específicas). Comprobaciones limitadas: 6 meses. Si la AEAT se pasa de plazo, el procedimiento queda sin efecto.

¿Puedo asistir con asesor a las visitas?

Sí, es un derecho del contribuyente. Recomendable hacerlo en todas las actuaciones presenciales. El asesor toma notas, controla qué se entrega y limita preguntas fuera del alcance.

¿Qué pasa si la AEAT regulariza una cantidad?

Tienes 10 días para alegar y 30 días para recurrir. Puedes acogerte a reducciones: 30% por conformidad, 25% adicional por pronto pago. Total: hasta 47,5% de reducción de la sanción.

¿Puede la Inspección entrar en mi domicilio sin avisar?

No sin tu consentimiento o una autorización judicial previa. El domicilio está constitucionalmente protegido y la AEAT no puede acceder por sorpresa sin esa autorización.

¿Qué diferencia hay entre un requerimiento y el inicio de una inspección formal?

El requerimiento es una petición puntual de información; el inicio de un procedimiento de comprobación o inspección abre un expediente formal con plazos y derechos específicos, y se notifica expresamente como tal.

¿Prescriben las deudas mientras dura la inspección?

No. El inicio de actuaciones de comprobación interrumpe la prescripción, por lo que el plazo de 4 años se reinicia con cada actuación notificada correctamente.

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