Asesoría Fiscal

Cómo deducir gastos del coche en una SL en 2026

12/02/2026 · Legislae Asesores
El coche de empresa es uno de los gastos más controlados por la AEAT. La deducción de IVA y gasto depende de si el vehículo es turismo o comercial, del uso real, y de si es propiedad, renting o leasing. Esta guía explica el régimen aplicable en 2026.

Regla general: turismos al 50%

Para los vehículos turismo afectos a la actividad:

Excepción: vehículos al 100%

Hay vehículos donde el IVA es deducible al 100% por presunción de uso totalmente afecto:

Renting vs leasing vs compra

Cada modalidad tiene su tratamiento:

Gastos asociados al vehículo

Cada gasto sigue la misma regla del 50% / 100%:

Demostrar uso al 100% en turismos

Si quieres deducir un turismo al 100% (no 50%), debes demostrar uso exclusivo en la actividad. Esto en la práctica es casi imposible salvo:

Vehículo cedido a empleado

Si la empresa cede un coche a un empleado para uso personal:

Errores frecuentes

Deducir 100% del IVA de un turismo sin documentación que respalde uso exclusivo: regularización + sanción. No anotar el vehículo en el inmovilizado de la empresa: pierde la deducción. Mezclar facturas personales y de empresa: la AEAT regulariza el % afecto a la baja.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir mi coche personal si lo uso para visitas?

Como autónomo: 50% del IVA si lo afectas a la actividad y lo declaras en el 036. Como SL: solo si está a nombre de la empresa o cedido al empleado.

¿Vale renting o leasing para deducir más?

Compensa por la simplicidad fiscal. La deducción es la misma (50/100%) pero evita la gestión de amortizaciones.

¿Puedo deducir la gasolina del fin de semana?

Solo si el coche es 100% afecto a la actividad. Si está al 50%, sólo deduces el 50% del IVA del combustible.

¿Y los coches eléctricos tienen beneficios fiscales?

Sí: amortización libre los primeros años (libertad de amortización para vehículos eléctricos), deducciones autonómicas por la compra, exención del IVTM en algunos municipios.

¿La empresa tiene que pagar el impuesto de circulación?

Sí, si el vehículo está a su nombre. Es gasto 100% deducible.

¿Necesitas asesoramiento personalizado?

Primera consulta gratuita. Auditamos tu situación fiscal/laboral/contable sin compromiso.

Solicitar consulta gratuita →