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Modelo 349: operaciones intracomunitarias en 2026 (guía completa)
Todo sobre el modelo 349 en 2026: qué operaciones se declaran, plazos mensuales o trimestrales, cruces con el modelo 303 y errores que activan requerimientos AEAT.
Índice del artículo
Qué es el modelo 349 y quién debe presentarlo
El modelo 349 es la declaración informativa mensual (o trimestral en algunos casos) de operaciones intracomunitarias (adquisiciones y entregas de bienes o servicios entre estados miembros UE).
Están obligados a presentarlo autónomos y sociedades que:
- Realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias.
- Estén inscritos en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
Alta en el ROI: obligatorio antes de operar
Se solicita con el modelo 036 marcando la casilla ROI. El alta tarda 15-30 días (o hasta 90 si la AEAT hace inspección previa). Sin ROI:
- El proveedor UE aplica IVA del país de origen (no compensable).
- No se puede realizar operación intracomunitaria correctamente.
Periodicidad: mensual vs trimestral
- Mensual: si tus entregas de bienes y servicios a la UE superan 50.000 € en el trimestre o en cualquiera de los cuatro anteriores.
- Trimestral: si no los superas.
El plazo es hasta el día 20 del mes siguiente. Si es mensual, la declaración de julio se presenta hasta el 20 de septiembre y la de diciembre hasta el 30 de enero; si es trimestral, la del cuarto trimestre también hasta el 30 de enero.
Contenido del 349
- NIF-IVA del cliente/proveedor intracomunitario.
- Base imponible por operación.
- Clave de la operación: E (entregas intracomunitarias de bienes), A (adquisiciones de bienes), S (servicios prestados a empresas de la UE), I (servicios recibidos de empresas de la UE) o T (operaciones triangulares).
Cruces con el modelo 303: la trampa habitual
La AEAT cruza automáticamente:
- Modelo 349 (informativo) con modelo 303 (IVA).
- Modelo 349 con los VIES europeos (que reportan al fisco español).
Discrepancias entre 349 y 303 activan requerimientos AEAT automáticos.
Errores frecuentes
- Operar sin estar dado de alta ROI (proveedor UE factura con IVA de su país).
- NIF-IVA mal escrito o inactivo del cliente/proveedor.
- Presentarlo en periodos sin operaciones: el 349 solo se presenta cuando las hay.
- Confundir entregas con prestación de servicios.
El 349 tiene que cuadrar con el 303 y con la contabilidad; en nuestra asesoría contable en Fuenlabrada revisamos esos cruces cada periodo.
Si lo que necesitas es entender cómo funciona el IVA en las compras y ventas a otros países de la UE (inversión del sujeto pasivo, ROI, ventas a particulares y ventanilla OSS), lo explicamos en la guía de operaciones intracomunitarias e IVA.
¿Operaciones con UE mal declaradas?
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